Resolución N° 79/023 - Sanción económica a FORESBAL S.A por instalar y operar sistemas de radiocomunicaciones sin la correspondiente autorización
Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones
Expediente: N° 2022-71-1-000754
Resolución: N° 079/2023
Acta: N° 17/2023
Montevideo, 11 de mayo de 2023.
Visto: las presentes actuaciones referidas a la situación de los sistemas de radiocomunicaciones autorizados a FORESBAL S.A.
Resultando: que por Resolución de la Gerencia Ingeniería de Telecomunicaciones de esta Unidad Reguladora Nro. 296/GIT/DAE/17 de 12 de diciembre de 2017, se confirmó la autorización a FORESBAL S.A. para la instalación y operación de sistemas de radiocomunicaciones de uso propio entre estaciones bases aeronáuticas y estaciones móviles aeronáuticas a bordo de helicópteros licenciados con la asignación del canal radioeléctrico de funcionamiento, correspondiente al Servicio Móvil Aeronáutico, en carácter de exclusiva y nacional, en el ámbito de los departamentos de Paysandú, Tacuarembó y Treinta y Tres.
Considerando: I) Que de las gestiones realizadas se estableció que, sin contar con la previa autorización de esta Unidad Reguladora y, consecuentemente, infringiendo condiciones de la autorización que le fuera otorgada, FORESBAL S.A. introdujo modificaciones en las condiciones de operación de estaciones bases aeronáuticas integrantes de los referidos sistemas. II) Que por las infracciones cometidas por FORESBAL S.A., el Departamento Administración de Espectro propuso la imposición de una sanción consistente en una multa de 5 UR (cinco Unidades Reajustables). III) Que conferida la vista reglamentaria de precepto, FORESBAL S.A. no presentó descargo alguno. IV) Que por Resolución de la Gerencia Ingeniería de Telecomunicaciones de esta Unidad Reguladora Nro. 037/GIT/DAE/023 se regularizó la situación de los sistemas de radiocomunicaciones de FORESBAL S.A.
Atento: a lo expuesto precedentemente y a lo establecido en la Ley Nro. 17.296 del 21 de febrero de 2001 en la redacción dada por la Ley Nro. 19.889 de 9 de julio de 2020, sus modificativos y concordantes, el Decreto Nro. 114/003 de 25 de marzo de 2003 y a lo informado por el Departamento Administración del Espectro.
La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones Resuelve:
1° Aplicar a FORESBAL S.A. una sanción consistente en una multa de 5 UR (cinco Unidades Reajustables) por instalar y operar sistemas de radiocomunicaciones sin la correspondiente autorización.
2° Notifíquese a la interesada de la presente Resolución.
3° A sus efectos pase por orden a Secretaría General, Unidad de Atención y Gestiones, Departamento Administración del Espectro y Unidad Facturación. Cumplido, oportunamente archívese.
Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta
Dra. Florencia Fitipaldo, Secretaria General