Resolución N° 80/023 - Transacción Andrea Vernengo

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Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones

Expediente: N° 2023-71-1-0000501

Resolución: N° 080/2023

Acta: N° 18/023

Montevideo, 25 de mayo de 2023.

Visto: Las resultancias del juicio promovido en los autos caratulados “VERNENGO, MARIA c/ MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS y otro -LIQUIDACIÓN DE SENTENCIA” IUE 2-63687/2021.

Resultando:  I) Que la Sra. Andrea Vernengo compareció inicialmente ante el T.C.A. en los autos “VERNENGO CHIESA MARIA C/PRESIDENCIA - ACCIÓN DE NULIDAD” Ficha N° 626/2013, fundándose resumidamente en diferencias salariales derivadas de su incorporación a URSEC en un Grado C7 cuando correspondió, a su entender, el Grado C10; habiendo obtenido Sentencia gananciosa (Sentencia N° 306/2016 de 5/8/2016); II) Que a posteriori en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo de 1° Turno, la Sra. Vernengo inició juicio reparatorio patrimonial, autos “VERNENGO, MARIA C/ MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS y otro” IUE 2- 63687/2021, en el que con fecha 01/08/22 se dictó la Sentencia N° 54/2022 en la que: se acogió la excepción de legitimación pasiva del Estado MEF y; se condenó a la URSEC a pagarle a la actora los reajustes de las diferencias salariales generadas; se difirió su liquidación por la vía del art, 378 del C.G.P. estableciendo que corren los reajustes desde que cada mensualidad (diferencia salarial) se haya verificado y se le aplican los intereses desde la presentación de esta demanda; III) Que en etapa del proceso incidental de liquidación de Sentencia, la Sra. Vernengo arriba a la suma de $767.314 (toma valores líquidos) más los intereses que se sigan devengando, reajustes, costas y costos. IV) Que por su parte URSEC arriba a la suma de $ 416.032,34, considerando el monto pago líquido de $ 972.076 efectuado en 2018.

Considerando: I) Que el pasado 11 de mayo se celebró la audiencia preliminar y, en oportunidad de la etapa de conciliación intraprocesal, la parte actora propuso primeramente arribar a la suma de $ 591.000 y finalmente de $ 516.000 nominales (el que debe ser actualizado a la fecha de pago); II) Que las Gerencias de Regulación Jurídica y Económica y de Administración y Finanzas estiman conveniente acceder a la propuesta de la actora; III) Que se elaboró Acuerdo Transaccional entre esta Unidad Reguladora y la Sra. Andrea Vernengo a ser presentado ante la Sede correspondiente; IV) Que el Decreto del Poder Ejecutivo N° 450/022 de 30 de diciembre de 2022 aprobó una asignación presupuestal en el Grupo 7 - GASTOS NO CLASIFICADOS, objeto del gasto 714 “Sentencias Judiciales, etc.” por $ 108.402.264, asignación expresada a precios de enerojunio 2022; V) Que existe disponibilidad financiera en la Cuenta Corriente de URSEC en el Banco República para realizar el pago que actualizado al 31 de mayo del corriente asciende a $ 525.058 nominales.

Atento: A lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la Ley Nº 17.296 del 21 de febrero de 2001 en la redacción dada por la Ley N°19.889 de 9 de julio de 2020, a lo establecido en los Decretos N° 150/012 de 11 de mayo de 2012 y 450/022 de 30 de diciembre de 2022, y a lo informado por las Gerencias de Regulación Jurídica y Económica y de Administración y Finanzas.

La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones Resuelve:

1º. Aprobar el Acuerdo Transaccional entre esta Unidad Reguladora y la Sra. Andrea Vernengo en los autos caratulados “VERNENGO, MARIA C/ MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS y otro” IUE 2-63687/2021 tramitados ante el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo de 1° Turno, por un monto de $ 525.058 nominales (pesos uruguayos quinientos veinticinco mil cincuenta y ocho).

2º. Transferir a la Sra. Andrea Vernengo titular de la Cédula de Identidad N° 1.782.368-9 la suma de $ 525.058 nominales (pesos uruguayos quinientos veinticinco mil cincuenta y ocho).

. La erogación se atenderá con cargo al Grupo 7 - GASTOS NO CLASIFICADOS, Objeto del Gasto 714 “Sentencias Judiciales, etc.” del Inciso 71 Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones.

4º. Pase a Secretaría General a los efectos de remitir las presentes actuaciones al Contador Delegado del Tribunal de Cuentas en la URSEC para su intervención previa.

5º. Cumplido, pase a la Gerencia Administración y Finanzas a sus efectos.

Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta

Dra. Florencia Fitipaldo, Secretaria General

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