Resolución N° 8/023 - Modificación del ámbito geográfico de actividad solicitado por la empresa TUR ESTE S.R.L.

Se transcribe texto completo de la Resolución.

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Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones

Expediente: N° 2022-71-1-0001120

Resolución: N° 008/2022

Acta: N° 01/2022

Montevideo, 2 de febrero de 2023.

Visto: La presentación de la solicitud por parte de la empresa TUR ESTE S.R.L., RUT 200053220016, de modificación del ámbito geográfico de actividad postal.

Resultando: I. Que por Resolución Nº 193/013 de 23 de agosto de 2013, se le otorgó la licencia OPE036 a TUR ESTE S.R.L. para la prestación de servicios postales en el ámbito geográfico nacional para las siguientes localidades:

Departamento Localidad 
Cerro LargoRío Branco
LavallejaJosé Pedro Varela 
MaldonadoMaldonado
 San Carlos
RochaRocha
 Lascano
 Velázquez
 Chuy
 Cebollati
Treinta y TresTreinta y Tres
 Vergara
 Rincón
 Charqueada 

II. Que la empresa TUR ESTE S.R.L. solicita la ampliación del ámbito geográfico para las siguientes localidades: en Lavalleja, Minas; en Rocha, Barra del Chuy, Cabo Polonio, La Pedrera, La Paloma; San Luis al Medio y, en Maldonado, Piriápolis. Asimismo, solicita dar de baja a la localidad de Cebollattí en el departamento de Rocha, por no cubrirla más.

Considerando: Que de acuerdo a lo informado por la Unidad Registro de Prestadores de Servicios Postales no existen impedimentos para que se otorgue la autorización para modificar el ámbito geográfico autorizado a la empresa TUR ESTE S.R.L.

Atento: A lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por los arts.70 y siguientes de la Ley Nº 17.296 de 21 de febrero de 2001 con la redacción dada por la Ley Nº 19.889 de fecha 9 de julio de 2020, la Ley Nº 19.009 de 22 de noviembre de 2012, Resolución de URSEC Nº 010/13 de 31 de enero de 2013 y su modificativa N° 264/14 de 6 de noviembre de 2014 y a lo informado por los servicios de esta Unidad Reguladora

La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones Resuelve:

1°. Autorizar la modificación del ámbito geográfico de actividad solicitado por la empresa TUR ESTE S.R.L., licencia número OPE036, la que queda autorizada a prestar servicios postales en las siguientes localidades:
 

DepartamentoLocalidad
Cerro LargoRío Branco
LavallejaJosé Pedro Varela
 Minas 
MaldonadoMaldonado
 San Carlos
 Piriápolis
RochaRocha
 Lascano
 Velázquez
 Chuy
 Barra de Chuy
 Cabo Polonio
 La Pedrera
 La Paloma
 San Luis al medio
Treinta y TresTreinta y Tres
 Vergara
 Rincón
 Charqueada 

 

2°. A sus efectos pase por su orden a Secretaría General, Gerencia de Servicios Postales —Unidad Registro de Prestadores— y a su notificación por E-notificaciones.

Cumplido, archívese.

Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta

Dra. Marta Posada, Secretaria General

 

 

 

 

 

 

 

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