Resolución N° 81/024 - Incobrabilidad de deuda Becquer Gerardo Esteche

Publicada el 06 de mayo de 2024. Se transcribe texto completo de la Resolución:

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Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones 

Expediente: N° 2023-71-1-0000986 (acordonado: 2023-71-1-0001090)

Resolución: N° 81/2024

Acta: N° 10/2024

Montevideo, 21 de marzo de 2024.

Visto: los presentes obrados sobre las acciones seguidas por URSEC para procurar el cobro de la deuda contraída por el Sr. BECQUER GERARDO ESTECHE BRITOS número de C.I. 3.229.222- 1, domiciliado en calle Rivera N°419, San José de Mayo, departamento de San José, por concepto de utilización de frecuencias.

Resultando:  I. Que el 05 de mayo de 2015, por Resolución de esta Unidad Reguladora Nro. 123/GGF/DAE/15, se autorizó a Becquer Gerardo ESTECHE BRITOS la instalación y operación de un sistema de radiocomunicaciones de uso propio en el ámbito del departamento de San José; II. Que en informe de Administración de Espectro se solicita una serie de información al Sr. ESTECHE, por el tiempo transcurrido desde el otorgamiento de la autorización antes citada y la necesidad de simplificar la labor en el marco de los eventuales futuros procedimientos inspectivos, a su vez se indica que presenta adeudos con la Unidad y que no figura inscripto en el “Registro de personas y empresas (Incluye constitución de domicilio electrónico)”, otorgándose vista, sin evacuación; III. Que el día 07 de septiembre de 2023, se dicta Resolución N° 031/GAF/2023 donde se resuelve Intimar al Sr. BECQUER GERARDO ESTECHE BRITOS con número de C.I. 3.229.222-1, por un monto de $ 54.221.00 (pesos uruguayos cincuenta y cuatro mil doscientos veintiuno con 00/100), incluidas multas y recargos considerados al periodo de julio 2023, los que se ajustaran al momento de su cancelación, correspondiente al pago de servicios por el periodo de Octubre/2019 a Julio/2023, notificada por medio de Correo certificado con aviso de retorno el día 13 de septiembre de 2023, con estado pieza devuelta, por no lograrse una notificación exitosa, Art.91 del Decreto N°500/91; IV. Que el 21 de setiembre de 2023, se dicta Resolución de URSEC N° 254/GIT/DAE/023, donde se resuelve revocar a partir del 30 de setiembre de 2023 la autorización otorgada al señor Becquer Gerardo ESTECHE BRITOS para la instalación y operación de un sistema de radiocomunicaciones de uso propio en el departamento de San José, y de la asignación del canal radioeléctrico, notificada en la casilla de correo del deudor, sin evacuación; V. Que se procedió a acordonar a estos obrados, el expediente el N° 2023-71-1-0001090, el cual trata de la Intimación de la Deuda contraída por el Sr. ESTECHE; VI. Que se realiza publicación de la Resolución 31/GAF/2023 de fecha 07/9/2023, en la edición N° 31.277 del Diario Oficial; VII. Que con la deuda aun impaga, se procedió a su inscripción en el clearing de informes.

Considerando:  I. Que se han agotado las acciones administrativas para lograr el cobro de la suma adeuda, sin un resultado exitoso. II. Que en mérito a lo que viene de exponerse, corresponde declarar incobrable la deuda a los efectos contables.

Atento:  a lo expuesto precedentemente, por arts. 70 y sigtes de Ley 14.306 de 29 de noviembre de 1974 (Código Tributario), por los arts.70 y sigtes de la Ley Nº 17.296 de 21 de febrero de 2001 en la redacción dada por la Ley Nº 18.719 de 27 de diciembre de 2010, la Ley Nº 17.930 de 23 de diciembre de 2005 y su Decreto Reglamentario Nº 459/007 de 26 de noviembre de 2007, Ley 19.889 de 9 de julio de 2020, Decreto 500/991 y a lo informado por los servicios de esta Unidad Reguladora.

La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones Resuelve: 

.-Declarar incobrable la deuda a los efectos contables, del Sr. BECQUER GERARDO ESTECHE BRITOS, número de C.I: 3.229.222-1, domiciliado en calle Rivera N°419, San José de Mayo, departamento de San José.

2º.-Pase a Secretaría General y a Gerencia de Administración y Finanzas.

Firmado por: Dra, Mercedes Aramendía, Presidenta

Dr. Joaquín Langwagen, Secretario General

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