Resolución N° 86/021 - Acoger recurso de revocación interpuesto por SONIDER S.A

Se transcribe texto completo de la Resolución.

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UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES

Expediente: N° 2018-2-9-0001097 acord. 2017-2-9-0001556

Resolución: N° 086/2021

Acta: N° 026/021

Montevideo, 27 de Mayo de 2021

VISTO: Los recursos administrativos de Revocación ante la URSEC y Jerárquico en subsidio para ante el Poder Ejecutivo, interpuestos por el Sr. Julio Bernardino AROCENA PONS., en representación de SONIDER S.A. contra la Resolución de URSEC N° 0009 Acta 001, de 2 de febrero de 2018.

RESULTANDO: I. Que por dicha resolución se impuso a SONIDER S.A., una multa de UR 50 ( Unidades Reajustables Cincuenta), por la conducta de no enviar la información requerida por esta Unidad reguladora, de acuerdo a lo dispuesto por el literal G del artículo 179 de la ley 19.307 de 29/12/014; II. Que la recurrente se agravia expresando esencialmente: que se enteraron de la mencionada Resolución por una publicación periodística que anunciaba la sanción, que no obstante haber solicitado la suspensión del acto en lo referido al pago de la multa de 50 UR el mismo se efectivizó; que surge del expediente que el 9 de noviembre de 2017 se realizó un sorteo en sesión extraordinaria del Directorio de la URSEC pero no fueron notificados de las resultancias del sorteo del día 13 de noviembre de 2017 y que el domicilio electrónico usado no fue denunciado por ellos a URSEC.

CONSIDERANDO: I. Que del análisis de las actuaciones cumplidas con relación a notificaciones practicadas a la empresa permisionaria a fin de otorgar la vista previa reglamentaria de precepto en el caso, no surge que la mismas se hubiere realizado en el domicilio electrónico oportunamente constituido por la empresa ante esta Unidad Reguladora; II. Que a fin de la observancia del debido proceso, corresponde acoger por razones formales, el recurso de revocación interpuesto y otorgar vista del expediente 207-2-9-0001556 acordonado a los presentes obrados.

ATENTO: A lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por la Ley 17.296 de 21/02/001 y por el Decreto 500/991.

LA UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES RESUELVE:

. Acoger por razones formales el recurso de revocación interpuesto por SONIDER S.A. contra la Resolución de URSEC N° 0009 Acta 001, de 2 de febrero de 2018, revocando la misma.

2º. Otorgar a SONIDER S.A. la vista reglamentaria de precepto de las actuaciones diligenciadas en expediente 2017-2-9-0001556.

3º. Notifíquese al domicilio electrónico constituído oportunamente.

4º. Pase a la Secretaría General, Teledifusión y Facturación a sus efectos.

Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta, Dra. Isabel Maassardjian, Secretaria General

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