Resolución N° 90/025 - Revocar licencia postal otorgada a Subimar Sociedad Anónima
Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones
Expediente: N° 2025-71-1-0000072
Resolución: N° 90/2025
Acta: N° 9/2025
Montevideo, 7 de abril de 2025
Visto:
Los incumplimientos de las obligaciones ante URSEC cometidos por la empresa SUBIMAR SOCIEDAD ANONIMA (RUT 215263630014).
Resultando:
1 Que por Resolución N° 092/2019 de 11 de julio de 2019, se le otorgó a la empresa SUBIMAR SOCIEDAD ANONIMA la licencia para prestar servicios postales en varias localidades del ámbito local, con inscripción en el Registro General de Prestadores del Servicio Postal (RGPSP) con el número OPE26. Dicha licencia se habilitó con fecha 22 de octubre de 2020.
2 Que dicha Resolución prevé en su numeral 4 que en caso que el licenciatario no cumpliese con las disposiciones que rigen en la materia, incluyendo la presentación de las Declaraciones Juradas y el pago de la Tasa de Control del Marco Regulatorio y de la Tasa de Financiamiento del Servicio Postal Universal y la presentación de la información a que refieren las Resoluciones de URSEC Nº 717/009 de 23 de diciembre de 2009 y modificativa Nº 427/010 de 12 de agosto de 2010, así como el pago de la licencia anual, pase a la Gerencia de Servicios Postales para la revocación del permiso postal y demás acciones que correspondan.
3 Que la empresa no se ha presentado a renovar el certificado de vigencia anual, vencido desde el 21 de octubre de 2021, por lo cual adeuda las licencias cuyo vencimiento fue el 21 de octubre de 2021 y el 21 de octubre de 2022.
4 Que la empresa presenta las declaraciones juradas correspondientes a la Tasa de Control de Marco Regulatorio y Tasa del Servicio Postal Universal a hasta junio de 2023.
5. Que según constancia de notificaciones personales realizadas por parte de la Unidad Inspecciones con fecha 27 de junio de 2022 y 17 de marzo de 2023, SUBIMAR SOCIEDAD ANONIMA fue notificada de su situación irregular, y hasta la fecha la citada empresa no ha regularizado su situación. VI. Que según consta en informe de la Unidad Inspecciones Postales, con fecha 9 de agosto de 2023 la empresa se encuentra cerrada.
Considerando:
En mérito a lo expuesto corresponde proceder a la revocación de la licencia postal otorgada a la citada empresa, estableciéndose como fecha de revocación el 9 de agosto de 2023.
Atento:
A lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por los arts.70 y sigtes. de la Ley Nº 17.296 de 21 de febrero de 2001 con la redacción dada por la Ley Nº 19.889 de fecha 9 de julio de 2020, la Ley Nº 19.009 de 22 de noviembre de 2012, Resolución Nº 315/2024 del 30 de julio de 2024, a lo informado por los servicios de esta Unidad Reguladora
La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones Resuelve:
1 Revocar con fecha 9 de agosto de 2023 la licencia postal número OPE26 otorgada a SUBIMAR SOCIEDAD ANONIMA, empresa que fuera autorizada a la prestación de servicios postales en el ámbito local para algunas localidades que constan en la Res. N° 092/2019 de 11 de julio de 2019.
2 A sus efectos pase por su orden a Secretaría General, Gerencia de Servicios Postales —Unidad Registro de Prestadores Postales— para la actualización en el RGPSP y en el Registro de Personas y Empresas de URSEC, a Recuperación de Deudas a fin de realizar las acciones administrativas respectivas para el cobro de las licencias adeudadas. Cumplido, archívese.
3 Correspondería librar oficio a DGI y BPS comunicando que la empresa no presta más actividad postal.
Firmado por: Ec. Gonzalo Balseiro, Presidente
Dr. Joaquín Langwagen, Secretario General