Resolución N° 96/023 - Autorizar la modificación del ámbito geográfico de actividad solicitado por la empresa COIT Ltda, licencia número OPE097

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Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones

Expediente: No 2023-71-1-0000219

Resolución: No 096/2023

Acta: Nº 19/2023

Montevideo, 1º de junio de 2023

Visto: La presentación de la solicitud por parte de la empresa COIT Ltda., RUT 211006210013, de modificación del ámbito geográfico de actividad postal.

Resultando: I. Que por Resolución N° 231/015 de 23 de diciembre de 2015, se le otorgó la licencia OPE097 a COIT Ltda. para la prestación de servicios postales en el ámbito local en el departamento de Rivera para las localidades de Rivera y Tranqueras. II. Que la empresa COIT Ltda. solicita la modificación del ámbito geográfico ampliándolo para las localidades de Las Toscas de Caraguatá (Tacuarembó), Vichadero (Rivera), Sarandí del Yi (Durazno) y Montevideo.

Considerando: Que de acuerdo a lo informado por la Unidad Registro de Prestadores de Servicios Postales no existen impedimentos para que se otorgue la autorización para modificar el ámbito geográfico autorizado a la empresa COIT Ltda.

Atento: A lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por los arts.70 y sigtes. de la Ley Nº 17.296 de 21 de febrero de 2001 con la redacción dada por la Ley Nº 19.889 de fecha 9 de julio de 2020, la Ley Nº 19.009 de 22 de noviembre de 2012, Resolución de URSEC Nº 010/13 de 31 de enero de 2013 y su modificativa N° 264/14 de 6 de noviembre de 2014 y a lo informado por los servicios de esta Unidad Reguladora.

La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones Resuelve:

1º. Autorizar la modificación del ámbito geográfico de actividad solicitado por la empresa COIT Ltda, licencia número OPE097, la que queda autorizada a prestar servicios postales en el ámbito local en las localidades que se detallan a continuación:

Departamento

Localidad

Montevideo

 

Tacuarembó

Las Toscas de Caraguatá

Durazno

Sarandí de Yi

Rivera

Rivera

 

Tranqueras

 

Vichadero

 

2º. A sus efectos pase por su orden a Secretaría General, Gerencia de Servicios Postales -Unidad Registro de Prestadores- y a e-Notificaciones para la notificación al domicilio electrónico. Cumplido, archívese.

Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta

Dra. Marta Posada, Secretaria General

 

 

 

 

 

 

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