¿En qué casos el operador telefónico debe proceder a comunicar a URSEC el alta o baja del Registro Nacional No Llame?
Información de interés para usuarios.
Alta:
- Cuando sea solicitado por el titular o usuario del servicio telefónico.
Baja:
- Cuando sea solicitado por el titular o usuario del servicio telefónico.
- Cuando el número de teléfono hubiera cambiado de titular.
- Cuando el titular o usuario del servicio telefónico cambia de compañía, haciendo uso de la portabilidad numérica.