¿En qué casos el operador telefónico debe proceder a comunicar a URSEC el alta o baja del Registro Nacional No Llame?

Información de interés para usuarios.

Alta:

  • Cuando sea solicitado por el titular o usuario del servicio telefónico.

Baja:

  • Cuando sea solicitado por el titular o usuario del servicio telefónico.
  • Cuando el número de teléfono hubiera cambiado de titular.  
  • Cuando el titular o usuario del servicio telefónico cambia de compañía, haciendo uso de la portabilidad numérica.

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