¿Quiénes están obligados a consultar el Registro Nacional No llame?

Información de interés para usuarios.

Quienes publiciten, oferten, vendan o regalen bienes o servicios  por cuenta propia en cualquiera de sus modalidades o a través de encargados de tratamiento de bases de datos ubicados en territorio nacional o fuera de este, deberán previo a la realización del procedimiento de contacto consultar el Registro “No Llame” que llevará la URSEC.

En caso de que se realice el contacto por cuenta de terceros, la responsabilidad será de quien contrate los servicios y rige tanto para quienes realicen los contactos desde el territorio nacional como desde el  extranjero.

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