Protección al consumidor - Preguntas frecuentes
¿Cómo se tramita un reclamo contra una empresa que brinda servicios de telecomunicaciones o postales?
Debe ingresar a Reclamo de los Consumidores de Servicios de Telecomunicaciones y Postales
¿Cómo rescindo un contrato con una empresa de TV para Abonados?
En virtud de lo dispuesto por Resolución de URSEC Nº 371/2002 de 05/09/2002 y habida cuenta de las cláusulas propuestas por las empresas operadoras de cable a través de ANDEBU, el peticionante podrá rescindir su contrato de prestación de servicio de televisión para abonados en cualquier momento, una vez cumplido el plazo original de 1 año a partir de la celebración del contrato.
a) RESCISIÓN sin pago de indemnización
Podrá ser solicitada ante la empresa dentro de los 60 días anteriores al vencimiento del plazo original o de sus prórrogas. La rescisión en este caso es gratuita.
b) RESCISIÓN con pago de indemnización
Podrá ser solicitada en cualquier momento, luego de vencido el plazo original de 1 año desde la celebración del contrato. La rescisión operará a partir del último día del mes siguiente al de su solicitud y dará lugar al pago de una indemnización equivalente a un mes de abono
En todos los casos se deberá estar al día con las mensualidades o haber celebrado un convenio de pago por el monto adeudado. El peticionante deberá dirigirse directamente a la empresa operadora de televisión para abonados.
¿Si no llego a un acuerdo con la empresa de TV para abonados cómo presento mi denuncia ante URSEC?
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