Guía para la presentación de los informes solicitados en el Decreto 72/010
Guías
De acuerdo al artículo 3 del Decreto N° 72/010, el solicitante de autorizaciones de generación de energía eléctrica deberá presentar semestralmente ante el MIEM informe de etapas cumplidas.
El Decreto N° 72/010 del 22 de febrero de 2010 refiere a la reglamentación de las obligaciones de solicitantes para generar energía eléctrica.
De acuerdo al artículo 3° de este decreto, el solicitante de autorizaciones de generación de energía eléctrica deberá presentar semestralmente ante el MIEM informe de etapas cumplidas.
Los informes deben dirigirse al correo electrónico: autorizaciones.ee@miem.gub.uy