Guía para la presentación de los informes solicitados en el Decreto 72/010

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De acuerdo al artículo 3 del Decreto N° 72/010, el solicitante de autorizaciones de generación de energía eléctrica deberá presentar semestralmente ante el MIEM informe de etapas cumplidas.

El Decreto N° 72/010 del 22 de febrero de 2010 refiere a la reglamentación de las obligaciones de solicitantes para generar energía eléctrica.

De acuerdo al artículo 3° de este decreto, el solicitante de autorizaciones de generación de energía eléctrica deberá presentar semestralmente ante el MIEM informe de etapas cumplidas.

Los informes deben dirigirse al correo electrónico: autorizaciones.ee@miem.gub.uy

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