Resolución del Poder Ejecutivo N° 550/018 Se autoriza a la Asociación Civil Alegría a brindar el servicio de radiodifusión comunitaria en la frecuencia 91.3 MHz, canal 217 en la ciudad de Salto
Se autoriza a la Asociación Civil Alegría a brindar el servicio de radiodifusión comunitaria en la frecuencia 91.3 MHz, canal 217 en la ciudad de Salto, departamento de Salto. La emisora deberá operar con una potencia efectiva radiada (PER) de 500 W y altura media de antena (HMA) de 35 metros, con un horario mínimo de funcionamiento de 12 horas diarias.