Ajuste Enero 2017
Ajuste enero 2017
ACTA DE CONSEJO DE SALARIOS: En la ciudad de Montevideo, el día 12 de enero de 2017, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 13 "Transporte y Almacenamiento", Sub-Grupo Nº 10 "Actividades marítimas complementarias y auxiliares, agencias marítimas, operadores y terminales portuarias. Depósitos Portuarios", Capítulo "Depósitos Portuarios y Extraportuarios de contenedores con reparación y mantenimiento", integrado por: DELEGADOS DEL PODER EJECUTIVO: Las Dras. Cecilia Siqueira y Ma. Noel Llugain. DELEGADOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES: El Sr. Gabriel Argibay y Diego Tejera. Y DELEGADOS REPRESENTANTES DE LOS EMPRESARIOS: El Dr. Nicolás Constandinidi y el Lic. Carlos Fernández
DEJAN CONSTANCIA QUE:
PRIMERO. Se procede a fijar el porcentaje de ajuste salarial que regirá a partir del 1º de enero de 2017 en aplicación de lo dispuesto en el Acuerdo por mayoría suscrito el día 16 de diciembre de 2016.
SEGUNDO. Que en virtud de lo establecido en la cláusula quinta, II), del referido Acuerdo, el porcentaje de ajuste que regirá a partir del 1º de enero de 2017 es del 4 %.
TERCERO. Por consiguiente, a continuación se establecen los salarios mínimos por categoría vigentes a partir del 1° de enero de 2017.
En Depósitos Portuarios.
En Depósitos Portuarios | Salarios Nominales Enero 2017 $ uruguayos |
AUXILIAR DE LIMPIEZA | 14.998 |
APRENDIZ / CADETE | 14.998 |
AUXILIAR ADMINISTRATIVO Nº 1 | 17.118 |
SERENO-VIGILANTE | 18.534 |
PEÓN | 21.832 |
AUXILIAR ADMINISTRATIVO Nº 2 | 21.482 |
APUNTADOR / PEÓN ESPECIALIZADO | 28.107 |
CHOFER / ELEVADORISTA / MAQUINISTA | 28.107 |
ENCARGADO / CAPATAZ / SUPERVISOR | 40.463 |
B) En Depósitos Extraportuarios de Contenedores con Reparación y Mantenimiento. --------
En Depósitos Extraportuarios de Contenedores con Reparación y Mantenimiento | Salarios Nominales Enero 2017 $ uruguayos |
JEFE DE TURNO | 59.962 |
TECNICO EN REFRIGERACIÓN | 50.928 |
OFICIAL FRIGORISTA | 43.531 |
MEDIO OFICIAL FRIGORISTA | 35.047 |
LAVADOR | 24.642 |
TECNICO MANTENIMIENTO | 47.917 |
PAÑOLERO | 45.996 |
ASISTENTE MANTENIMIENTO Y/O PAÑOLERO | 36.965 |
TECNICO EN REPARACION DE CONTENEDORES | 57.224 |
REPARADOR CONTENEDORES NIVEL A | 48.739 |
REPARADOR CONTENEDORES NIVEL B | 40.933 |
REPARADOR CONTENEDORES NIVEL C | 33.676 |
INSPECTOR DE CONTENEDORES | 51.746 |
ASISTENTE INSPECTOR DE CONTENEDORES | 39.702 |
OFICIAL PLEGADOR | 48.739 |
MEDIO OFICIAL PLEGADOR | 40.797 |
ASISTENTE DE PLEGADOR | 31.900 |
OFICIAL EN INYECCION Y APLICACIÓN DE POLIURETANO | 51.473 |
MEDIO OFICIAL EN INYECCION | 43.397 |
AYUDANTE EN INYECCION | 30.118 |
CONTROLADOR DESPACHO/ENTRADA DEPÓSITO CONTENEDORES | 41.881 |
ASISTENTE AL CONTROLADOR DESPACHO/ENTRADA DEPÓSITO CONTENEDORES | 24.642 |
MAQUINISTA | 46.888 |
AUXILIAR ADMINISTRATIVO A | 36.965 |
AUXILIAR ADMINISTRATIVO B | 25.191 |
APRENDIZ | 23.275 |
PEON | 20.851 |
BALANCERO | 20.851 |
PRACTICANTE | 18.041 |
PLANIFICADOR DE TERMINAL | 43.475 |
CUARTO. Que en virtud de lo establecido en la cláusula octava, C), II), del referido acuerdo, a partir del 1º de enero de 2017 el valor de la prima por presentismo y asiduidad es de $ 1.727 nominales, por mes, no acumulable.
QUINTO. Que en virtud de lo establecido en la cláusula octava, C), III), del referido acuerdo, a partir del 1° de enero de 2017, el complemento por alimentación es de $ 80 por día efectivamente trabajado y siempre y cuando se complete un mínimo de seis horas.
SEXTO. Que en virtud de lo establecido en la cláusula décima, B), del referido acuerdo, a partir del 1° de enero de 2017, el complemento por Desempeño de tareas ajenas a la categoría es de $ 109 nominal.
SÉPTIMO. Dando cumplimiento a lo establecido por el Decreto 461/007 del 26/11/07, se procede a reajustar el valor hora para los dirigentes de rama o nacionales, que a partir del 1º de enero de 2017, el valor hora es de $ 156. En este acto se reitera que la cuenta bancaria en la cual se debe realizar el depósito es la caja de ahorro en pesos uruguayos en el BROU, Agencia Zabala, número 152-027536-2.
OCTAVO: Leída que fue la presente, se ratifica su contenido, firmando a continuación en seis ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.