Ajuste Julio 2017
Ajuste Julio 2017
ACTA DE CONSEJO DE SALARIOS:En la ciudad de Montevideo, el día 28 de julio de 2017, reunido el Consejo de Salarios del Grupo 13 "Transporte y Almacenamiento", Sub-Grupo 11 "Servicios Logísticos", Literal E "Recepción y control de la carga", integrado por: DELEGADOS DEL PODER EJECUTIVO: Las Dras. Cecilia Siqueira, Maria Noel LLugain y Lujan Charrutti. DELEGADOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES: Los Sres. Sergio Acosta asistido por la Dra. Victoria Laniella Y DELEGADOS REPRESENTANTES DE LOS EMPRESARIOS: El Lic. Fernando Sansone y la Dra. María Jose Poey.
ACUERDAN:
PRIMERO.Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial del 1º de julio de 2017 en aplicación de lo dispuesto en el Acuerdo suscrito el día 28 de noviembre de 2016.
SEGUNDO. Que en virtud de lo establecido en la cláusula quinta, 3), del referido Acuerdo, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de julio de 2017 es del 5% por concepto de aumento nominal.
TERCERO. Por consiguiente se establecen los siguientes salarios mínimos vigentes al 1º de julio de 2017 por categoría, que se agregan por tabla adjunta, la cual se considera parte integrante de la presente.
CATEGORÍAS | Salario mínimo nominal a partir del 01.07.17 |
---|---|
MOVILIZADOR 4 | $22.161,00 |
MOVILIZADOR 3 | $25.697,00 |
MOVILIZADOR 2 | $30.773,00 |
MOVILIZADOR 1 | $36.092,00 |
CAPATAZ | $45.290,00 |
CAJERO | $47.696,00 |
ADMINISTRATIVO | $32.646,00 |
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CUARTO.Ticket alimentación.
Vigencia | % ajuste | Desde | Hasta | TA "especial" mínimo |
jul-17 | 5% |
| 49.359 | 1325 |
49.360 | 62.655 | 2.242 | ||
62.656 | en adelante | 2.292 |
QUINTO. Leída que fue la presente, se ratifica su contenido, firmando a continuación seis ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.