Resolución N° 140.516/006 Resolución Prestadores de Servicios Turísticos Rurales

Resolución que dispone que los Prestadores de Servicios Turísticos Rurales la obligatoriedad de presentar la declaración jurada de los servicios prestados en el plazo de 5 (cinco) años, contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro de Prestadores de Servicios Turíticos Rurales.

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