Propósito y alcance
La presente sección desarrolla el conjunto de principios rectores en los que se funda la Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial de Uruguay de conformidad con el artículo 74 de la Ley Nº 20.212, de 6 de noviembre de 2023.
Estos principios deben regir la gobernanza de la IA para asegurar el desarrollo y uso ético, seguro, responsable y pro-innovación de estas tecnologías y lograr los objetivos de la presente Estrategia. Abarcan al sector público y privado, y deben aplicarse según el contexto, los diferentes roles, obligaciones y responsabilidades que les corresponden a sus diversos actores de conformidad con el ordenamiento jurídico. No crean ninguna nueva obligación jurídica diferente a las que se desprenden del ordenamiento jurídico, sino que especifican las medidas y prácticas mínimas que posibilitan su implementación.
Articulan la Estrategia Nacional de IA de Uruguay con los diversos instrumentos que hacen a la política digital del país, entre otros, la Agenda Uruguay Digital 2025, la Estrategia Nacional de Ciberseguridad (2024 – 2030), la Estrategia Nacional de Ciudadanía Digital para una Sociedad de la Información y el Conocimiento (2024-2028) y la Estrategia Nacional de Datos cuya construcción sucedió de forma simultánea a la presente. Se basan en la Recomendación sobre la ética de la inteligencia artificial de la UNESCO, y la Recomendación del Consejo sobre la inteligencia artificial de la OCDE a las cuales Uruguay adhirió.
También recogen los estándares emergentes del Convenio Marco sobre Inteligencia Artificial, Derechos Humanos, Democracia y Estado de Derecho adoptado por el Consejo de Europa que fue elaborado por el Comité de Inteligencia Artificial de la organización intergubernamental en el cual Uruguay participa como observador.
Asimismo, los principios rectores contribuyen a la implementación a nivel nacional de la Resolución de la Asamblea General de Naciones Unidas del 21 de marzo de 2024, “Aprovechar las oportunidades de sistemas seguros y fiables de inteligencia artificial para el desarrollo sostenible” (A/RES/78/265), la cual fue apoyada por más de 120 Estados, incluyendo a Uruguay.
Se presentan agrupados según los valores principales que subyacen como fundamento, sin perjuicio de la interrelación y complementariedad de los principios y de que deben entenderse como un conjunto indivisible.
Para los fines de la Estrategia, se adoptan las siguientes definiciones elaboradas por la OCDE, que se reproducen a continuación:
Actores de la IA: los actores de IA son aquellos que desempeñan un papel activo en el ciclo de vida del sistema de IA, como las entidades y personas que despliegan y explotan la IA.
Ciclo de vida del sistema de IA: el ciclo de vida de un sistema de IA comprende generalmente varias fases: planificación y diseño; recopilación y tratamiento de datos; creación de modelo(s) y/o adaptación de modelo(s) existente(s) a tareas específicas; prueba, evaluación, verificación y validación; entrada en servicio/despliegue; explotación y supervisión; y retirada/desmantelamiento. Estas fases a menudo se desarrollan de forma iterativa y no son necesariamente secuenciales. La decisión de dejar de explotar un sistema de IA puede producirse en cualquier momento durante la fase de explotación y supervisión.
Sistema de IA: un sistema de IA es un sistema basado en máquinas que, para objetivos explícitos o implícitos, infiere, a partir de los datos de entrada que recibe, cómo generar información de salida como predicciones, contenidos, recomendaciones o decisiones, que pueden influir en entornos reales o virtuales. Una vez implementados, los distintos sistemas de IA presentan diversos niveles de autonomía y varían en su capacidad de adaptación.