Proceso de diálogo

MEC inicia proceso de diálogo para la reglamentación de la Ley de Operador Inmobiliario

El director general del Ministerio de Educación y Cultura (MEC), Carlos Varela Ubal, encabezó la reunión con las cámaras, asociaciones y actores relevantes del sector a nivel nacional, que tuvo por objetivo principal iniciar un proceso conjunto de diálogo, que culmine en la reglamentación de la Ley 20.380.
Grupo de personas posa para foto

El director general del Ministerio de Educación y Cultura (MEC), Carlos Varela Ubal, encabezó la reunión con las cámaras, asociaciones y actores relevantes del sector a nivel nacional, que tuvo por objetivo principal iniciar un proceso conjunto de diálogo, que culmine en la reglamentación de la Ley 20.380.

La instancia, realizada el pasado jueves 27 de noviembre, y coincidente con el Día del Operador Inmobiliario en Uruguay, contó con la participación de los operadores inmobiliarios, quienes señalaron la necesidad de contar con una reglamentación de la ley de Operador Inmobiliaria, aprobada en 2024 y que regula la actividad profesional inmobiliaria. 

El director general del MEC, Carlos Varela Ubal, indicó que la concreción de la reunión, atendió una demanda que el sector operador inmobiliario estaba realizando al MEC. Varela señaló que el encuentro marcó el inicio del proceso de diálogo entre el MEC y todos los actores involucrados en el sector, mediante el cual se buscará alcanzar los acuerdos necesarios para efectivizar la reglamentación de la ley en los próximos meses.

Sobre la Ley de Operador Inmobiliario

La Ley 20.380 de regulación de la actividad de los operadores inmobiliarios, fue aprobada en setiembre de 2024, y dispone la regulación de la actividad profesional inmobiliaria en el marco de la defensa de la libre competencia de los Operadores Inmobiliarios. 

La ley establece la creación de un Registro Nacional de Operadores Inmobiliarios, que estará bajo la órbita del MEC y será administrado por una comisión honoraria integrada por tres representantes del Poder Ejecutivo. De acuerdo al artículo 8 de dicha ley, la comisión tendrá entre sus funciones registrar y expedir la matrícula de operador inmobiliario, cobrar la tasa de registro que se crea por la presente ley, y recibir denuncias relativas al desempeño de la actividad de los operadores inmobiliarios, entre otras acciones. 

 

 

Galería de imágenes

1 /

Descargar todas las imágenes (.zip 6.08 MB)
7 imágenes, 6.08 MB

Etiquetas