Hasta el 28 de noviembre

Abre registro de publicidad oficial de medios de comunicación del interior

MIEM-Dinatel abre llamado a inscripción a nuevos medios de comunicación del interior del país. En esta oportunidad se podrán inscribir nuevos medios que deseen integrar el registro, así como medios registrados que deseen efectuar alguna modificación. Aquellos medios que ya hayan realizado la inscripción quedarán incluidos automáticamente en el registro para 2026.
Manos sosteniendo celulares y micrófonos mientras entrevista a una persona

El artículo 774 de la Ley n.º 19.924 obliga a los organismos públicos a realizar parte de su publicidad en medios de comunicación del interior del país. Para integrar el listado que estará a disposición de estos organismos, los medios de comunicación del Interior deberán registrar su declaración jurada a través de un trámite en línea que será validado por la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual (Dinatel) del Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM). El Decreto n.º 392/022 y el Decreto n.º 393/022 reglamentaron su aplicación.

Podrán integrar el registro los siguientes medios: radios comerciales AM, radios comerciales FM, radios comunitarias, señales de TV comercial abierta, señales propias de TV para abonados y prensa escrita (formato papel) del interior.

Las empresas deberán estar legalmente constituidas en el país, contar con las autorizaciones correspondientes a los efectos de desarrollar su actividad y cumplir con toda la normativa que les sea aplicable.

Para inscribirse deben presentar, mediante trámite en línea, una  declaración jurada de acuerdo a las especificaciones definidas en el art. 5 del Decreto 392/22:

  • Lugar de radicación del medio y área de servicio o de distribución principal.

  • Tipo de modalidad del medio y forma de producción.

  • Listado de productoras de contenidos independientes que se vinculen con el medio declarante, radicadas en la localidad y que realizan productos audiovisuales o gráficos para el medio de comunicación, en caso de corresponder.

  • En caso de ser un medio de comunicación ubicado en la localidad del interior pero que tenga cobertura en el departamento de Montevideo, deberá declarar si sus contenidos están dirigidos clara y principalmente a los residentes de la localidad de origen.

  • En el caso de medios audiovisuales, grilla de programación que especifique tipo de producción y/o tipo de programa, y secciones en caso de la prensa escrita.

  • RUPE en estado activo.

  • Estar al día con DGI y BPS.

Tanto la solicitud por primera vez como las modificaciones se realizan ingresando en el botón Iniciar Trámite en Línea. Las inscripciones se recepcionarán hasta el 28 de noviembre de 2025 inclusive. Deberá realizarse un trámite independiente por cada medio o servicio autorizado.

Todas las consultas por el trámite deben dirigirse a secretaria.dinatel@miem.gub.uy

Aquellos medios que ya estén inscriptos pueden corroborar su inscripción y sus datos en la nuestro sitio web

 

Otros detalles del trámite

Se tendrán en consideración los trámites que, iniciados antes de la fecha límite de inscripción, no hayan podido finalizar los pasos del trámite en línea en el plazo habilitado por problemas técnicos del sistema informático debidamente acreditados. Deben seguirse los pasos detallados en el protocolo previsto para estas situaciones.

La fecha de cierre es la indicada para culminar todo el trámite en línea. Por tal motivo, si la declaración jurada que integra el trámite es realizada por firma ológrafa, el sobre requerido con la documentación original firmada puede entregarse en MIEM-Dinatel hasta el 28 de noviembre de 2025.

Culminados los pasos del trámite en línea y con la documentación del sobre enviado (en los casos que así lo demanden), se procederá a realizar el proceso de validación de MIEM-Dinatel con todo lo presentado por el medio. La validación o las observaciones a subsanar, de ser requeridas, serán comunicadas al medio al contacto ingresado del responsable de la empresa. Este puede llegar a realizarse con posterioridad a la fecha de cierre.

 

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