Minería

Fechas para presentar declaraciones juradas de producción minera, semestre 2025/1

Del 2 al 29 de octubre de 2025, los titulares de concesiones para explotar y permisos de exploración que cuenten con autorización al amparo del artículo 97 del Código de Minería tendrán plazo para presentar y pagar las declaraciones juradas on-line. Estas corresponden al período 2025/1 (1/4/2025 al 30/9/2025).
Máquina excava en una mina

La declaración jurada de producción minera se realiza en línea, a través del sistema Canon On Line.

Los pagos se efectúan a través de transferencia bancaria o pago en redes de cobranza, mediante el sistema SPWeb.

Se recomienda leer la información sobre el trámite de declaración jurada y pago del canon de producción minera, así como el instructivo de las aplicaciones Canon On Line y SPWeb para realizar la declaración jurada de producción minera.

Los valores base (fictos) actualizados se encuentran en este enlace.

 

Sobre la atención presencial

El personal de las oficinas atenderá consultas puntuales (máximo 10 minutos por persona).

En la oficina Contralor Fiscal, se debe entregar la declaración jurada de guías papel confirmada y en triplicado, con las correspondientes guías.

La declaración jurada no podrá realizarse presencialmente en las oficinas de la Dirección Nacional de Minería y Geología.

Están habilitadas las siguientes vías de comunicación para realizar consultas:

  • Para eGuias o guías papel, el correo de Contralor Fiscal (guias@miem.gub.uy) y los teléfonos 2840 1234 int. 7739 o 7735.
  • Para declaración jurada de Producción, el correo de Liquidación de Cánones (lica@miem.gub.uy) y los teléfonos 2840 1234 int. 7723 o 7720.

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