Serie 300 - Norma de Señalización de Obra

1. Principios Generales de la Señalización de Obra

 

1.2 Cuando se ejecutan obras de construcción, rehabilitación, mantenimiento u otras actividades relacionadas con servicios públicos o emergencias en una vía o en una zona adyacente a la misma, se presentan condiciones cambiantes que pueden afectar la circulación de personas y/o vehículos. Dichas situaciones deben ser atendidas aplicando normas y medidas técnicas apropiadas que deben incorporarse al desarrollo de los proyectos, cualquiera sea su importancia o magnitud, con el objeto de reducir el riesgo de siniestros y hacer más ágil y expedito el tránsito de los usuarios.

1.3 Esta Norma representa un marco de aplicación, de señales verticales, elementos de encarrilamiento, paneles luminosos, marcas en el pavimento, semáforos y otros dispositivos y consideraciones a ser implementados en los casos anteriormente indicados, ya sea en una Zona de Trabajo como en su área de influencia.

1.4 La documentación referida en la presente norma tiene como objetivo generar las estrategias necesarias para una adecuada elaboración y control de los Planes de Manejo de Tránsito y contar con los estudios y análisis ajustados al alcance real que cada caso evidencie.

1.5 La señalización y medidas de seguridad para obras viales tienen como principal propósito que el tránsito a través de una Zona de Trabajo y su área de influencia, sea seguro y expedito para todos los tipos de usuarios y partes interesadas, con la mínima alteración posible de las condiciones normales de circulación, garantizando a su vez la seguridad de los trabajadores, equipos, maquinaria y de los propios trabajos y materiales.

1.6 Las disposiciones técnicas presentadas en este documento están orientadas a situaciones típicas, llamadas a lograr la uniformidad en su aplicación en sectores rurales y urbanos. Se especifican directivas para el diseño, diagramación, aplicación, instalación y mantenimiento de los diferentes tipos de dispositivos para la regulación del tránsito, requeridos para las obras en vías públicas y en vías privadas abiertas al público, así como en terrenos próximos a estas que afecten o pueden afectar el desplazamiento de los usuarios de la vía.

1.7 Ello requiere que las señales y medidas utilizadas reglamenten la circulación, adviertan oportunamente de peligros o restricciones, guíen adecuadamente a los conductores y a otros usuarios a través de la Zona de Trabajo, separen los usuarios de los elementos de trabajo y protejan tanto a estos últimos como a los trabajadores.

1.8 Los requerimientos de una obra podrán incluir la remoción, traslado o modificación de dispositivos permanentes. Las prevenciones, restricciones o información de estos, requieren en cada caso acciones y dispositivos temporales para mantener informados a los usuarios de los posibles riesgos, reglamentaciones y/o información pertinente.

1.9 Se debe hacer énfasis en que las condiciones de circulación a través de una Zona de Trabajo no son las habituales y pueden sorprender a los usuarios, por lo que los criterios de seguridad aplicados al diseño de señalización y canalización en las obras son tanto o más relevantes que en situaciones normales. Podrán existir casos especialmente complejos en que los estándares mínimos aquí definidos deben ser superados.

1.10 El disponer de esta normativa, permite tener definidos uniformemente los elementos que componen la señalización, canalización y asignación de derechos de paso, así como la manera de emplazarlos y los criterios para su instalación, de acuerdo con las características de las obras y el entorno vial.

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