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Nuevas medidas de estímulo al turismo (Actualización febrero 2021)

Enteráte de los últimos anuncios y beneficios de cara a la temporada, así como de los apoyos disponibles para empresas del sector
Costa océanica

En las últimas semanas se anunciaron nuevas medidas de estímulo al turismo: 

SIGA Turismo. Se crea una nueva línea del Sistema de Garantías (SiGa) para empresas afectadas por el cierre de fronteras (hoteles, campings, hosterías, restaurantes, bares, agencias de viaje, inmobiliarias, entre otras). Podrán acceder a una garantía (que les servirá para avalar un crédito bancario) por un máximo de hasta 1,8 millones de Unidades Indexadas (US$ 200.000 aproximadamente). Estará disponible desde el 23 de noviembre hasta el 4 de abril.

Tarjeta BROU. El Banco República lanzó su tarjeta Mastercard BROU Recompensa, que otorgará descuentos de 10% en farmacias y supermercados, 5% en combustibles y 30% en gastronomía y hotelería en locales adheridos. Además, generará recompensas (cada $ 100 en gastos, genera $ 1) que se podrán utilizar en cualquier compra. Vigencia: Hasta el 28 de febrero de 2021. 
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IVA 0% a hotelería. Tasa de IVA 0% para la hotelería en los meses de verano hasta el 4 de abril.

Devolución de IVA. Descuento de 9 puntos de IVA para la gastronomía (estaba en 5 puntos luego que el gobierno decidiera bajarla en mayo pasado) y también en alquiler de vehículos sin chofer.

Exoneración de IRPF. Exoneración del IRPF a arrendamientos turísticos. Por decreto se derogó la retención del 10,5% que se impone al agente inmobiliario. 

Subsidio al empleo. Por cada trabajador contratado en el sector turístico, el gobierno le subsidiará $ 8.000 por mes de aportes al Banco de Previsión Social.

Canasta turística. Se está negociando con la Asociación de Supermercados (ASU) y otras grandes superficies, una canasta turística que tenga 300 artículos, con precios fijos. 

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OTRAS MEDIDAS

Los operadores turísticos pueden acogerse a distintas medidas de apoyo implementadas por el Gobierno uruguayo que contribuyen a transitar la crisis sanitaria en el área. Las mismas tienen que ver con la apertura de líneas de créditos a bajas tasas de interés, flexibilización del seguro de desempleo, préstamos a monotributistas y empresas unipersonales, extensión de plazos en los tributos hasta decretos que promueven la inversión.

Todo lo que necesitás saber si sos operador turístico y buscás apoyo para enfrentar la crisis que atraviesa el sector debido a la emergencia sanitaria COVID-19 se encuentra resumido aquí. 


Alternativas para las empresas que necesitan acceder a un crédito y no cuentan con garantía para hacerlo.

La nueva liga de garantías de SIGa Emergencia atiende esa situación crediticia con comisiones y tasas de interés menores.

Público objetivo: pequeñas, medias y grandes empreas.

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Crédito República Microfinanzas COVID-19

¿Qué es?

Es un apoyo financiero a una tasa reducida de interés del 17% con un plazo mayor de hasta 24 meses.

Destinatarios: pequeñas y medianas empresas afectas por el COVID-19. Podrán solicitarlo para capital de trabajo -cantidad de recursos necesarios para que funcione correctamente una empresa- y condiciones favorables para la refinanciación de deudas, subsidiados por la Agencia Nacional de Desarrollo. Más info

Crédito BROU

¿Qué es?

Son préstamos a pagar entre 13 y 36 meses a tasas convenientes. Las tasas de interés varían de acuerdo a la calificación de riesgo y la moneda: en pesos asciende a 16.33% o 16.44%, en unidades indexadas: 3.11% o 3.61% y en dólares: 4.66% o 5.07%.

Público objetivo: empresas formalizadas con más de un año de antigüedad. Las condiciones de los préstamos varían según se tenga préstamos vigente con BROU, solo cuenta con BROU o no se tenga vínculo aún con el banco.

¿Cómo se implementa?

Atención exclusivamente en sucursales del banco con agenda Más info o via whatsapp 092 001 996.

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BROU – Postergación de pagos

¿Qué sucede con los vencimientos de préstamos del BROU que fueron concedidos a empresas antes de la emergencia sanitaria?

Se postergan vencimientos para aquellas que tengan deudas menores a 200 mil dólares o su equivalente a moneda nacional.

Si la deuda es mayor se evaluará cada caso.

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Préstamo sin interés o seguro por cese de actividad

Se apunta a otorgar liquidez a empresas unipersonales o monotributos con préstamos sin intereses.

¿Cómo se instrumenta?

Desde el martes 5 de mayo todas las empresas unipersonales y monotributistas pueden acceder a un préstamo sin interés de $ 12.000 en mayo y $ 12.000 en junio oficia como seguro por el cese de la actividad, otorgado por la Agencia Nacional de Desarrollo. Para acceder a él deberán presentar su cédula de identidad y número de RUT en cualquier centro de cobranza de todo el país, el préstamo es en unidades indexadas (UI) y no se cobra tasa de interés, y se paga en 24 cuotas iguales y consecutivas en los pagos de las próximas facturas al Banco de Previsión Social.

¿Qué ocurre con el vencimiento de los créditos del sector no financiero?

Se autorizó a las instituciones de intermediación financiera, empresas de servicios financieros y administradoras de crédito de mayores activos a extender los plazos de vencimiento en acuerdo con sus clientes por hasta 180 días.

EXTENSIÓN PERIODO DE GRACIA DE AMORTIZACIÓN DEL CAPITAL- BCU (Nueva medida)

Ante gestiones realizadas por el Ministerio de Turismo ante el Banco Central del Uruguay (BCU), dicho organismo a través de su Superintendencia de Servicios Financieros, autorizará a las Instituciones de Intermediación Financiera, Empresas de Servicios Financieros y Empresas Administradoras de Crédito de mayores activos, a extender el período de gracia para la amortización del capital, hasta 12 meses en las reestructuraciones de operaciones de crédito problemáticas, que se acuerden hasta el 30 de junio de 2021, con clientes cuyas actividades estén vinculadas al turismo.

Ver Resolución superintendencia BCU


SUBSIDIO POR DESEMPLEO FLEXIBLE

¿Qué es?

El régimen especial de subsidio por desempleo provisorio estará vigente entre el 1.° de abril y el 31 de mayo de 2020 y amparará la suspensión total de tareas correspondiente a esos dos meses.

Podrán acogerse trabajadores mensuales que hayan aportado durante 3 a 5 meses en los últimos 12 meses (la ley establecía el mínimo de 6 meses). La medida también alcanzará a jornaleros que hayan trabajado entre 75 y 149 días laborales (la ley establecía que podían hacerlo a partir de los 150).

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SUBSIDIO POR DESEMPLEO PARCIAL

¿Qué es?

Permite amparar bajo el seguro de paro la suspensión parcial de actividades de empleados dependientes, ya sea por reducción de cantidad de jornadas laborales al mes (6 días mínimo) o por reducción de horario (50% de lo habitual). La reducción debe producirse durante la vigencia de la Resolución ministerial, 30 días a partir del 18/03/2020, que por una nueva resolución se extendió hasta el 31 de julio.

Público objetivo: trabajadores mensuales dependientes.

¿Cómo se implementa?

Las empresas que requieran gestionar el amparo a este régimen deberán, dentro de los primeros 10 días del mes siguiente de producirse la reducción de días u horas trabajados, enviar al BPS el listado de trabajadores que cumplan las condiciones de derecho. El pago del subsidio se realizará durante el mes siguiente de producida dicha reducción.

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BPS: PAGO DE APORTES DE EMPRESAS

(hasta 10 trabajadores)

Están previstas exoneraciones del 40% y financiaciones del 60 % del aporte personal y del patronal a abonar en 6 cuotas desde junio.

Esta disposición comprende a los titulares de empresas de Industria y Comercio, sean unipersonales, socios de sociedades personales, así como titulares de monotributo y monotributo social MIDES.

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FLEXIBILZACIÓN PARA ADELANTAR LICENCIA CORRESPONDIENTE AL 2020

Se puede hacer de manera excepcional si existe acuerdo entre empleador y trabajador siempre que sea por causa de la emergencia sanitaria. Se debe abonar la suma correspondiente por licencia y salario vacacional.

Accedé a la información del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

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SUBSIDIOS MENSUAL PARA GUÍAS DE TURISMO

El Gobierno aprobó un decreto que permite que los guías de turismo, que a causa de la pandemia por COVID-19 no pueden desarrollar su trabajo de manera normal, puedan acceder a un subsidio mensual.

Accedé a la información del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

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DGI

Para literal E: se prorroga el pago de IVA mínimo de marzo y abril, que se abonará en 6 cuotas iguales a partir de mayo.

Otras prórrogas:

i) para el pago de los saldos anuales 2019 de IRAE, IP e ICOSA

ii) para pagos mensuales de las empresas comprendidas bajo el Régimen General correspondientes al mes de marzo 2020

iii) de un mes para todas las declaraciones juradas anuales al 31/12/19

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BPS

¿Qué es?

Se difiere el pago de los monotributistas y los aportes de dueños y socios de sociedades personales, correspondiente a los meses de pago abril y mayo. El 60% de dichos aportes se abonarán en 6 cuotas a partir de junio. El 40% restante será de cargo del Estado.

Público objetivo: monotributistas, unipersonales y sociedades personales con hasta 10 empleados cuyo régimen de aportación sea INDUSTRIA y COMERCIO.

¿Cómo se implementa?

Es automático, estará reflejado en el recibo.

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UTE

Contemplando la actual coyuntura, el Directorio de UTE ha dispuesto otorgar planes especiales de financiación al sector hotelero, restaurantes, gastronomía y ramas afines por los meses de abril a noviembre de 2020.

Todos los clientes de los sectores Salones de Fiesta, Centros Culturales y Agencias de Viaje que estén inscriptos en el listado que proporcione a UTE el Ministerio de Turismo (MINTUR) y el Ministerio de Educación y Cultura (MEC), tendrán una extensión de la exoneración en el cargo fijo y en la potencia contratada hasta el mes de marzo de 2021.

En tal sentido los clientes comprendidos en las ramas de Hotelería, Gastronomía y Salones de Fiestas, podrán financiar el 70 % de sus facturas hasta marzo de 2021, sin multas ni recargos, y podrán abonarlas en cuotas a partir de diciembre. A su vez, se comprometen a realizar una entrega no menor al 30% de la factura mensual, durante dichos meses. Lo restante será dividido en 4 cuotas y se comenzará a pagar en la factura de abril. Solo podrán acogerse a este beneficio los operadores registrados en el Ministerio de Turismo y en el Ministerio de Industria, Energía y Minería.

Importante: el pago del mínimo del 30% de las facturas comprendidas debe realizarse antes o a la fecha del vencimiento de las facturas.

¿Cómo solicitar la financiación?

La solicitud de la financiación se deberá hacer exclusivamente vía web, no se podrá hacer presencial. Para ello, se debe ingresar al Formulario de Solicitud de Financiación Especial y completar todos los datos solicitados. Posteriormente un asesor de UTE se comunicará para finalizar el trámite.

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OSE

A su vez, las agencias de viaje e inmobiliarias exonerarán los cargos fijos de OSE y UTE y del 100 % del cargo por potencia contratada de energía eléctrica desde abril a setiembre. Por otra parte, los hoteles, restaurantes, salones de fiestas y eventos extienden el beneficio de exoneración en el cargo fijo de agua, saneamiento y servicio contra incendio hasta marzo del corriente

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GARANTÍAS BSE

El plazo de presentación de garantías de funcionamiento de las Agencias de Viaje y Empresas de Transporte Terrestre Turístico, inscriptos en el Registro de Prestadores de Servicios Turísticos del Ministerio de Turismo, podrá realizarse hasta el 30 de junio de 2020, siempre y cuando la vigencia de las mismas abarque el período comprendido entre el 1º de junio de 2020 al 31 de mayo de 2021, tal como lo disponen los Decretos 268/2015 y 278/2015. Según Resolución del Banco de Seguros del Estado (BSE) en acuerdo con el Ministerio de Turismo, las agencias de viaje mayoristas (categorización del BSE) podrán renovar su póliza abonando la misma en diez cuotas, las agencias de viaje con unidades de transporte terrestre (categorización del BSE) en seis cuotas, y las que tienen transporte turístico pequeño (categorización del BSE), lo harán en tres cuotas. Las mismas serán sin recargo.

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GARANTÍA HOTELES DE CONDOMINIO

Debido a la crisis que afronta el sector turístico-hotelero, la Comisión de Aplicación de la Ley de Inversiones (COMAP) resolvió suspender los requisitos exigidos por el último inciso del artículo 5° del Decreto N°404/010, del 29 de diciembre de 2010, regulados por dicha Comisión en el punto 5 del Anexo X. El mismo refiere a la obligación de presentar distintas opciones de garantía de cumplimiento. Vigencia: desde el 01/04/2020 hasta el 31/12/2021.

Acceda a la circular 8/2020

Descargar COMAP


Un nuevo régimen de promoción de la construcción de viviendas, oficinas o la urbanización de proyectos de gran dimensión económica de origen privado decretó el Gobierno desde el 29 de abril de 2020 en adelante. El objetivo es favorecer la actividad de la construcción entre el periodo 2020 y 2025 tomando como marco la Ley N° 16.906 de la Promoción y Protección de Inversiones de 1998.

El decreto comprende una serie de estímulos fiscales a los proyectos de gran dimensión económica que destinen más de 60 millones de unidades indexadas a áreas de uso común por el período de hasta 60 meses. Los beneficios son: la exoneración del Impuesto Aduanero Único a la Importación, las tasas de Movilización de Bultos y la Consular, el Impuesto al Valor Agregado, así como la exoneración entre el 15% o 50% del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas por un máximo de 10 años; y la exoneración del Impuesto al Patrimonio por 8 años en Montevideo o 10 años en el interior del país.

Ver decreto

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