Código Nacional de Conducta
A quién aplica este Código
A todos aquellas personas físicas o jurídicas que presten servicios turísticos (directos o indirectos) de acuerdo a la definición contenida en el artículo 5 de la Ley 19.253
Adopción del Código
Según el Decreto N 398/013 la adopción del Código por parte de los prestadores de servicios turísticos para prevenir la explotación sexual y comercial de niñas, niños y adolescentes es obligatoria. Podrán adoptar el código las personas físicas o jurídicas que presten servicios turísticos (directos o indirectos).
Proceso de Adopción
Cuando el prestador se inscriba o se reinscriba en el Registro de Prestadores turísticos, se le enviará información sobre el Código Nacional de Conducta y una declaración de compromiso. El prestador de salud deberá firmar y enviar la declaración de compromiso al mail codigonacionaldeconducta@mintur.gub.uy
ACÁ FALTA ALGO QUE EXPLIQUE LOS SIGUIENTES PASOS QUE SE NOMBRAN ABAJO.
- Entrega de adhesivo
- Capacitación para el personal de la empresa
- Reporte de las acciones por parte de la empresa
- Certificado
Cuando la adopción se realice en una instancia diferente a la inscripción o reinscripción, el prestador de servicios deberá contactarse a través del correo codigonacionaldeconducta@mintur.gub.uy
Seguimiento
A partir del sexto mes de adopción del Código, los prestadores deberán enviar un reporte -por única vez- sobre las acciones realizadas para cumplirlo. Posteriormente el Ministerio de Turismo reconocerá al prestador turístico por el compromiso asumido, sin perjuicio de otras acciones de seguimiento y fiscalización que impulse.
Vigencia
El Código Nacional de conducta es un instrumento flexible que puede ser redefinido y mejorado.
Beneficios al adoptar el Código de conducta
- Es una herramienta para la defensa de niñas, niños y adolescentes.
- Mejora la imagen del país.
- Disuade comportamientos o actividades que puedan dañar a los niños, niñas y adolescentes y promueve actitudes protectoras hacia ellos.
- Proporciona entornos más seguros a través de mecanismos de protección y prevención de la explotación sexual.
- Contribuye a crear una imagen positiva de calidad, seguridad y responsabilidad social.
- Ayuda a posicionar una buena imagen y reputación del prestador de salud, así como de la comunidad.
Acceder al Código de conducta (DUDA: en el contenido original dice "se anexa código con los detalles, pero no aparece ningún documento. Lo siguiente que aparece es la gacetilla de prensa. Si tienen el código, se sugiere subirlo).
