Declaraciones de Tasas de Control del Marco Regulatorio y de Financiamiento del Servicio Postal Universal (TCMR y TFSPU)

Preguntas frecuentes.
  1. ¿Qué cambia a partir del 1.º de julio de 2026?

A partir de esa fecha, las declaraciones correspondientes a la Tasa de Control del Marco Regulatorio (TCMR) y a la Tasa de Financiamiento del Servicio Postal Universal (TFSPU) deberán presentarse a través de la plataforma de Trámites en Línea (APIA) de URSEC.

  1. ¿Cambian los plazos para presentar las declaraciones?

No. Los plazos de presentación se mantienen sin modificaciones.

  1. ¿Cambian los períodos que debo declarar?

No. Continúan vigentes los mismos períodos de declaración establecidos actualmente.

  1. ¿Cambia la información que debo declarar?

No. La información requerida es la misma que se presentaba anteriormente. El único cambio es la plataforma utilizada para realizar el trámite.

  1. ¿Cambia el procedimiento de facturación y pago de la tasa?

No. El cambio introducido refiere únicamente a la presentación de la declaración a través de la plataforma de Trámites en Línea (APIA).

Finalizada la declaración, URSEC continuará emitiendo la factura por el importe declarado, y deberá efectuar el pago por los medios habituales.

  1. ¿Las declaraciones continúan teniendo carácter de declaración jurada?

Sí. Las declaraciones mantienen su carácter de declaración jurada.

  1. ¿Debo pagar timbre profesional?

Sí. Antes de finalizar el trámite, el sistema solicitará el pago del timbre profesional correspondiente mediante la pasarela de pagos habilitada.

  1. ¿Cómo se realiza el pago del timbre?

Durante el trámite, el sistema lo redirigirá automáticamente a la pasarela de pagos. Allí podrá elegir el medio de pago de su preferencia, ya sea mediante débito en una cuenta bancaria habilitada o generando un boleto de pago para abonarlo en cualquiera de las redes de cobranza autorizadas.

  1. ¿Recibiré una constancia del pago?

Sí. Una vez efectuado el pago del timbre profesional, el sistema remitirá automáticamente al correo electrónico del usuario la correspondiente constancia de pago.

  1. ¿Recibiré un comprobante de la declaración presentada?

Sí. Finalizada la presentación, el sistema enviará al correo electrónico del usuario una constancia con el número de trámite y una copia de la declaración presentada.

  1. ¿Qué requisitos debo cumplir para realizar el trámite?

El operador deberá encontrarse registrado ante URSEC (Registro de Personas y Empresas ante URSEC).

Asimismo, la persona que realizará la declaración deberá estar habilitada para actuar en representación de la empresa y disponer de un medio de identificación digital válido (usuario gub.uy, TuID, Identidad Mobile o Cédula de Identidad Digital).

  1. No puedo seleccionar mi empresa. ¿Qué debo hacer?

Verifique que se encuentre habilitado para actuar en representación de la empresa en el Registro de Personas y Empresas (RPE). Si aún no cuenta con dicha habilitación, deberá gestionarla previamente mediante el trámite "Administración de Usuarios de Trámites en Línea".

  1. ¿Cómo se realiza el trámite "Administración de Usuarios de Trámites en Línea"?

El trámite "Administración de Usuarios de Trámites en Línea" permite a los Titulares, Representantes y Administradores de Usuarios de Trámites en Línea dar de alta y baja a los usuarios habilitados para actuar en representación de una empresa en los trámites en línea de URSEC.

La autorización se otorga para cada trámite en particular. Por lo tanto, el usuario deberá ser habilitado específicamente para cada uno de los trámites que vaya a realizar.

Por ejemplo, si una empresa debe presentar la Declaración de Información Estadística, la TCMR y la TFSPU, el Administrador de Usuarios deberá autorizar al usuario para cada uno de esos trámites.

Puede acceder al trámite "Administración de Usuarios de Trámites en Línea" en el siguiente enlace: Administración de Usuarios de Trámites en Línea

  1. ¿Puedo presentar declaraciones de períodos anteriores a julio de 2026 mediante APIA?

No. Las declaraciones correspondientes a períodos anteriores a julio de 2026 deberán presentarse a través del sistema “Galería, utilizando el trámite que corresponda:

  1. ¿Dónde debo presentar las declaraciones correspondientes a julio de 2026 en adelante?

Las declaraciones correspondientes a períodos a partir de julio de 2026 deberán presentarse exclusivamente a través de la plataforma de Trámites en Línea (APIA), accediendo desde el catálogo de trámites de URSEC y seleccionando según corresponda: 

  • Declaración a la URSEC de la tasa de control del marco regulatorio (TCMR)

  • Declaración a la URSEC de la tasa de financiamiento del servicio postal universal (TFSPU)

    Importante: Los enlaces a estos trámites estarán disponibles a partir del 31 de julio de 2026, fecha en la que se sustituirán los enlaces actuales de “Galería” por los correspondientes a la plataforma Trámites en Línea (APIA).

  1. ¿Durante un tiempo convivirán ambos sistemas?

Sí. Durante el período de transición convivirán ambos sistemas:

Galería: para declaraciones de períodos anteriores a julio de 2026.

APIA: para declaraciones correspondientes a julio de 2026 en adelante.

  1. ¿Dónde puedo realizar consultas?

Si necesita asistencia o desea verificar que el operador y el usuario se encuentren correctamente registrados, podrá comunicarse con URSEC a través de los canales habituales de atención:

Teléfono: (+598) 2902 8082 (internos 101 y 102).

WhatsApp: (+598) 91 671 177.

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