Informe de Actuaciones 2019

Persona de Derecho Público no Estatal - Instituto Nacional de Investigación Agropecuaria (INIA)

Objetivo y Alcance

Evaluar la aprobación y seguimiento técnico y financiero de los Proyectos financiados con el Fondo de Promoción de Tecnología Agropecuaria (FPTA) el cual se enmarca dentro de los cometidos sustantivos del Organismo. El alcance abarcó el período enero 2012 - diciembre 2018, particularmente en las modalidades: Competitivo (convocatoria 2012 y 2015), de Asignación Directa y los realizados en el marco del acuerdo de cooperación celebrado con la Agencia Nacional de Investigación e Innovación (ANII). No abarcó las becas, pasantías, maestrías y doctorados incluidos en los proyectos descriptos.

Información General

El Instituto Nacional de Investigación Agropecuaria (INIA) es una Persona Pública no Estatal, creada por la Ley 16.065 del 06/10/1989, con el objetivo de la formulación y ejecución de programas de investigación agropecuaria tendientes a generar y adaptar tecnologías adecuadas a las necesidades del país y a las condiciones socio- económicas de la producción agropecuaria; participar en el desarrollo de un acervo científico y tecnológico nacional en el área agropecuaria y articular una efectiva transferencia de la tecnología generada con las organizaciones de asistencia técnica y extensión que funcionan a niveles público o privado. El Instituto se comunica ycoordina con el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Ganadería, Agricultura y
Pesca. Como parte de los recursos financieros la ley crea el FPTA con el destino de financiar proyectos especiales de investigación tecnológica relativos al sector agropecuario, no previstos en los planes del Instituto. Este fondo se integra principalmente con la afectación preceptiva del 10 % del producido del adicional al Impuesto a la Enajenación de Bienes Agropecuarios y el aporte anual del Poder Ejecutivo que será al menos equivalente al del producido por el adicional al impuesto.

Los distintos proyectos de investigación cuya principal fuente de financiamiento es el FPTA se enmarcan en las siguientes modalidades:

  • Proyectos Competitivos: El INIA realiza llamados para la presentación de propuestas de proyectos ante temas predefinidos a equipos técnicos externos al Instituto.
  • Proyectos de Asignación Directa: Nacen de temas presentados por técnicos externos o internos al INIA, o por la propia Junta Directiva, aprobándose por ésta su formulación.
  • Fondo Concursable Sectorial Agropecuario/Agroindustrial: Son los realizados en el marco del acuerdo de cooperación celebrado por INIA con la ANII de fecha 22/12/2008, la adenda de 7/10/2015 y el acuerdo complementario de 21/08/2017.

El siguiente cuadro refleja los proyectos financiados en el ejercicio 2018 por INIA mediante el FPTA según las distintas modalidades:

                                            PROYECTOS                                           IMPORTE USD
FPTA - Asignación Directa143.682
FPTA – Competitivos675.031
Acuerdos – ANII2.483.515
TOTAL3.302.228

Resultado de la actuación

  • Se identificaron debilidades en el proceso de aprobación de los proyectos que pueden generar un conflicto de interés, afectando la objetividad y transparencia del actuar de la Junta Directiva. A modo de ejemplo, se constató la intervención de unos de sus integrantes, en la aprobación de proyectos en los que tenían participación técnicos con los cuales mantenía vínculos, figurando en algunos como parte de dicho equipo. Asimismo de las actas y resoluciones se desprende la aprobación de los puntos tratados, no así la forma en que se llegó a dicho consenso. Por lo tanto se solicitó definir e implementar controles de manera de garantizar el cumplimiento del Código de Ética y del Estatuto del Funcionario del INIA y dejar constancia en las actas el voto de cada uno de sus miembros con firma y aclaración de la misma.
  • Respecto al acuerdo celebrado entre ANII e INIA, éste no es preciso en lo que refiere al monto sobre el cual se debe realizar el cálculo del total a transferir anualmente, ni cuenta con lineamientos formales establecidos en relación al criterio a aplicar, quedando a discreción del Área de Administración y Finanzas su definición, lo que podría llevar a transferir fondos a la ANII por una mayor cuantía
    de la que corresponde. Se recomendó fijar lineamientos precisos para el cálculo del tope a transferir en el marco del acuerdo con la ANII.
  • Se detectó ausencia y debilidades de controles relativos al cumplimiento del mencionado acuerdo, como ser la falta de evidencia del actuar del Comité de Gestión designado a dichos efectos, controles financieros no diseñados por parte del INIA, criterio para realizar las transferencias de fondos a la ANII que no contempla el avance operativo y financiero de los proyectos. Esto puede llevar a financiar gastos que no se correspondan con los proyectos aprobados, así como transferir el total de los fondos acordados sin tener la certeza de que el proyecto se lleve a cabo o se culmine. Se solicitó diseñar e implementar controles que brinden garantías del cumplimiento del acuerdo con la ANII, asignando y documentando las funciones y tareas específicas a desarrollar por el personal del INIA, y rever las condiciones del acuerdo y adendas firmado con la ANII a efectos de identificar clausulas desfavorables para el INIA (en particular relativa a los desembolsos).
  • Respecto a la rendición de los gastos de los proyectos FPTA Competitivos y de Asignación Directa se evidenciaron debilidades de control, como ser documentación sin la conformidad correspondiente y/o sin hacer referencia al número de proyecto FTPA, así como falta de documentación de gastos ejecutados fuera del territorio nacional. Esto determina que no se cuente con el aval respecto
    a la recepción de los bienes o la prestación de los servicios, así como la posibilidad de utilizar un mismo documento para rendir gastos en varios FPTA o incluso en otros gastos del ejecutor ajenos al proyecto. Se recomendó establecer formalmente criterios para el proceso de rendición de gastos, y rever los controles existentes sobre la validación de los mismos.
  • Si bien el INIA tiene la potestad de realizar auditorías financiero-contables y de gestión de los proyectos en ejecución en cualquier momento, en el período de alcance de la actuación no se constató la utilización de dicho mecanismo.
  • En relación a la compra de bienes correspondientes a proyectos FPTA, éstos se realizan a nombre del ejecutor cuando deben ser adquiridos a nombre del INIA, lo que no permite disponer de los bienes para su donación o reutilización. Se recomendó llevar adelante todas las acciones necesarias a efectos de dar cumplimiento a lo establecido en los convenios respecto a la propiedad de los
    bienes, de manera de asegurar la disponibilidad de los mismos al finalizar los proyectos por parte del INIA.
  • Respecto al seguimiento técnico de los proyectos de Asignación Directa, no se pudo identificar un área que ejerza dicho cometido. En lo referente a Proyectos de carácter Competitivos el seguimiento se realiza únicamente sobre lo informado por el ejecutor, no constatándose lineamientos o un cronograma de inspecciones que permitan cotejar lo informado, quedando dichas instancias a discreción del comité actuante. Esta situación puede llevar a financiar proyectos que no se ajusten a los objetivos del INIA, incumplimiento por parte del ejecutor de las obligaciones establecidas en los contratos, así como la no detección de irregularidades a efectos de tomar las medidas correctivas de manera oportuna. Se recomendó asignar formalmente y documentar las funciones y tareas específicas de las distintas áreas que participan en los proyectos para las distintas modalidades, de manera de contar con lineamientos que permitan realizar un seguimiento efectivo de los mismos.

Por lo antedicho se concluye que el proceso de aprobación de proyectos y el seguimiento técnico y financiero de los mismos, presentan debilidades que no permiten asegurar que el fondo FPTA sea utilizado eficientemente con el fin para el cual fue inicialmente concebido, ni que los proyectos financiados se cumplan en tiempo y forma.

Respuesta del Organismo al Informe de Auditoría

Se comunicaron los resultados de la auditoría, y en el plazo legal se presentaron aclaraciones que no modificaron las conclusiones del informe, remitiendo un Plan de Acción para la implementación de las recomendaciones efectuadas.

 

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