Resuelven: autorizase a la firma HUDYN S.A. la enajenación de un camión Volvo.
Resuelven: Autorízase a la firma ALISTRA S.A. la enajenación de los bienes que se indican en el Anexo adjunto, previo pago sin multas ni recargos, de los beneficios fiscales utilizados al amparo de la Resolución del Ministerio de Economía y Finanzas, en ejercicio de atribuciones delegadas, Nº 7791, de 28 de diciembre de 2012, de acuerdo a lo establecido en la Circular Nº 9/017, de 2017 de la Comisión de Aplicación, considerando los porcentajes del período de vida útil remanente que se indican en el mencionado Anexo, con excepción de aquellos que hubieran correspondido por la aplicación de beneficios de carácter general.
Resuelven: Autorizase a la firma AGRONEGOCIOS DEL PLATA S.A. la enajenación de un equipo de riego y rollo serie nº LA6249 previo pago sin multas ni recargos del 61,81 % de los beneficios fiscales utilizados al amparo de la Resolución del Poder Ejecutivo de 8 de diciembre de 2008, de acuerdo a lo establecido en la Circular Nº 9 de 2017 de la Comisión de Aplicación, considerando el porcentaje del período de vida útil remanente determinado, con excepción de aquellos que hubiera correspondido por la aplicación de beneficios de carácter general.
Resuelven: Autorizase a la firma PARTRY S.A. la enajenación de los bienes que se indican en el Anexo adjunto, previo pago sin multas ni recargos, de los beneficios fiscales utilizados al amparo de la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 31 de mayo de 2010, de acuerdo a lo establecido en la Circular Nº 9 de 2017 de la Comisión de Aplicación, considerando los porcentajes del período de vida útil remanente que se indican en el mencionado Anexo, con excepción de aquellos que hubieran correspondido por la aplicación de beneficios de carácter general.
Resuelven: Autorizase a la firma PARTRY S.A. la enajenación de los bienes que se indican en el Anexo adjunto, previo pago sin multas ni recargos, de los beneficios fiscales utilizados al amparo de la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 31 de mayo de 2010, de acuerdo a lo establecido en la Circular Nº 9 de 2017 de la Comisión de Aplicación, considerando los porcentajes del período de vida útil remanente que se indican en el mencionado Anexo, con excepción de aquellos que hubieran correspondido por la aplicación de beneficios de carácter general.
Resuelven: Autorizase a la firma BRILSUR S.A. la enajenación de los bienes que se indican en el Anexo adjunto, previo pago sin multas ni recargos, de los beneficios fiscales utilizados al amparo de la Resolución del Ministro de Economía y Finanzas, en ejercicio de atribuciones delegadas, de fecha 9 de setiembre de 2011 y su ampliación de fecha 12 de diciembre de 2012, de acuerdo a lo establecido en la Circular Nº 9 de 2017 de la Comisión de Aplicación, en los porcentajes que se indican en el mencionado Anexo, con excepción de aquellos que hubieran correspondido por la aplicación de beneficios de carácter general.
Resuelven: Autorizase a la firma NIKE ARGENTINA S.R.L. SUCURSAL URUGUAY la enajenación de los bienes que se indican en el anexo adjunto.
Resuelven: Autorizase a la firma REPUBLICA MICROFINANZAS S.A. la enajenación de un equipo de aire acondicionado con tecnología VRF detallado en el anexo adjunto previo pago sin multas ni recargos del 46,94% de los beneficios fiscales utilizados al amaro de la resolución del Ministerio de Economía y Finanzas en ejercicio de atribuciones delegadas de la fecha 11 de marzo 2015.
Resuelven: autorícese a la firma CIROMARE S.A. la enajenación parcial de la obra civil, que consiste en 116,4 m2 del 6º piso y 136 m2 del 2º piso, previo pago sin multas ni recargos de los beneficios fiscales utilizados al amparo de la resolución del Ministerio de Economía y Finanzas, en ejercicio de atribuciones delegadas, de fecha de 19 de julio de 2011.