Resolución DGC de notificación de inicio de Censo correspondiente a relevamiento 2018.
Se resuelve a partir de la fecha y hasta el 7 de octubre de 2019, los Usuarios de Zonas Francas Directos e Indirectos con contratos en curso de ejecución, que carecieren de plazo establecido o cuyo plazo excediere el aludido en el artículo 16 de la Ley Nº 15.921 en la
redacción dada por la Ley Nº 19.566 o se hubieran establecido a su respecto prórrogas automáticas, deberán presentar, ante el Área Zonas Francas de la Dirección General de Comercio, Documentación e Información actualizada de la empresa y Proyecto de Inversión en curso.
Se resuelve 1º) Estructurar el siguiente cronograma, a efectos de la presentación de la Declaración Jurada requerida a las empresas Usuarias:
a) Por parte de los Usuarios con contratos autorizados entre los años 1987 y 1996 inclusive, la presentación deberá realizarse en el trimestre, marzo, abril y mayo de 2019;
b) Por parte de los Usuarios con contratos autorizados entre los años 1997 y 2006 inclusive, la presentación deberá realizarse en el trimestre junio, julio y agosto de 2019;
c) Por parte de los Usuarios con contratos autorizados entre los años 2007 y el 8 de marzo de 2018 inclusive, la presentación deberá realizarse en el trimestre setiembre, octubre y noviembre de 2019.
A partir del 1º de marzo de 2019, se deberá presentar ante el Área Zonas Francas de la Dirección General de Comercio, el Proyecto de Inversión exigido por la Ley Nº 15.921 en la redacción dada por la Ley Nº 19.566, conjuntamente con los siguientes trámites: a) Solicitudes de autorización de nuevos contratos de Usuarios Directos e Indirectos; b) Solicitudes de modificación de contratos de Usuarios Directos e Indirectos; c) Solicitudes de cesión de contratos de Usuarios Directos e Indirectos; d) Solicitudes de prórroga de contratos de Usuarios Directos e Indirectos; e) Cambios de nombre de los Usuarios Directos e Indirectos con contratos vigentes.
Se aprueba Instructivo para solicitar autorización de inicio de obras en Zonas Francas Privadas” y el “Instructivo para solicitar fin de obras en Zonas Francas Privadas”, que se anexan a la presente Resolución.
Instructivo para solicitar Fin de Obras en Zonas Francas Privadas. “Las empresas que no hayan obtenido el certificado emitido por la Dirección Nacional de Bomberos al momento de solicitar el “Fin de Obra”, deberán presentar constancia de estar en la Etapa de Certificación y haber realizado el procedimiento para finalizar con celeridad el trámite de Declaración Jurada de Técnico Registrado y propietario respectivamente, sellada por la referida Dirección”.
Recaudos Gráficos para el Inicio de Obras - Resolución 9 de noviembre de 2015
Se resuelve iniciar iniciar el proceso de interconexión de los sistemas informáticos del Área Zonas Francas de la Dirección General de Comercio y la Dirección Nacional de Aduanas, el cual se llevará a cabo a través de las etapas que se describen a continuación.
Se resuelve que en las situaciones de prórrogas de los contratos de Usuarios de Zonas Francas que hayan sido autorizados al amparo de los artìculos 4, 5, 6 y 7 del Decreto del Poder Ejecutivo Nº 344/010 del 25 de noviembre de 2010, los interesados deberán presentarse ante el Área Zonas Francas de la Dirección General de Comercio, expresando por escrito su voluntad de mantener el vínculo contractual que los une.
Se designa al Cr. Ricardo Héctor Gómez Arigón en funciones de Director del Área Zonas Francas de la Unidad Ejecutora 014 "Dirección General de Comercio".