Trámites

  • Cédula catastral informada

    https://www.gub.uy/tramites/cedula-catastral-informada

    Es un documento en el que constan los datos de la cédula catastral con información complementaria sobre los antecedentes inmediatos del padrón, tales como número de padrón anterior o plano de mensura que lo origina, o cualquier información que se requiera y conste en los registros de Catastro (Artículo 258 Ley 15809, Decreto 209/1999 y Decreto 441/2008).

    Iniciar Trámite en Línea : Cédula catastral informada
  • Certificado cobro de premios

    https://www.gub.uy/tramites/certificado-cobro-premios

    Es la solicitud de un certificado que justifique el cobro de un premio de las distintas modalidades de juego.

    El certificado se entrega aproximadamente una semana después de solicitado.

    Iniciar Trámite en Línea : Certificado cobro de premios
  • Certificado de desempeño como sub agente, corredor o lotero

    https://www.gub.uy/tramites/certificado-desempeno-sub-agente-corredor-lotero

    Certificado para ser presentado ante el Banco de Previsión  Social (BPS) a efectos de justificar el desempeño como Sub agente de Loterías o de Quinielas, Lotero o Corredor.

    Iniciar Trámite en Línea : Certificado de desempeño como sub agente, corredor o lotero
  • Certificado de regularidad de las cooperativas

    https://www.gub.uy/tramites/certificado-regularidad-cooperativas

    Es el certificado expedido por la Auditoria Interna de la Nacion (AIN) a las cooperativas que dan cumplimiento regular de las obligaciones que tienen para ante el organo de control (Articulo 214 de la Ley 18.407 en la redaccion dada por la Ley 19.181).

    Iniciar Trámite en Línea : Certificado de regularidad de las cooperativas
  • Cesión de crédito a favor de DGI - BPS

    https://www.gub.uy/tramites/cesion-credito-favor-dgi-bps

    El trámite de solicitud de cesión de créditos a DGI-BPS permite a proveedores y beneficiarios del Gobierno Central ceder total o parcialmente sus créditos pendientes de cobro a dichos organismos.

    Para poder realizar esta solicitud, deben darse las siguientes condiciones:

    • Tener facturas pendientes de cobro en estado priorizado en SIIF (Sistema Integrado de Información Financiera)
    • Mantener deudas con DGI y/o BPS
    • No tener al día la vigencia anual de los certificados DGI y/o BPS.

    El trámite se realiza ante la Unidad de Pagos de la Tesorería General de la Nación.

    Iniciar Trámite en Línea : Cesión de crédito a favor de DGI - BPS
  • Cesión legal

    https://www.gub.uy/tramites/cesion-legal

    Se realiza en caso de desvinculación del inquilino titular del contrato de arrendamiento, sea por fallecimiento o por sentencia judicial.

    ¿Quiénes tienen derecho y plazo respectivo para realizarla?

    • Cónyuges y/o concubinos: no tienen plazo para realizarla.
    • Ex-cónyuges: 60 días hábiles para realizarla a partir de que fallece el inquilino. Se puede realizar por única vez.
    • Padres o madres: 60 días hábiles para realizarla a partir de que fallece el inquilino. Se puede realizar por única vez.
    • Hermanos: 60 días hábiles para realizarla a partir de que fallece el inquilino. Se puede realizar por única vez.
    • Hijos: 60 días hábiles para realizarla a partir de que fallece el inquilino. Se puede realizar por única vez.
    • Hijos adoptivos: 60 días hábiles para realizarla a partir de que fallece el inquilino. Se puede realizar por única vez.
    Iniciar Trámite en Línea : Cesión legal
  • Cesión y cesión parcial

    https://www.gub.uy/tramites/cesion-cesion-parcial

    Se realiza cuando se desea ceder o traspasar un contrato de alquiler a una o más personas.

    Las cesiones se efectúan solamente dentro de la misma garantía, es decir, si el contrato es con garantía de CGN se cede a CGN y si es de MVOT se cede a MVOT.

    Cesiones dentro de la misma garantía:

    Para las cesiones dentro de la misma garantía deberán agendarse para la cesión. El día agendado deberán presentar la documentación requerida y si está correcta, se firma ese mismo día. Al momento de la firma, deben concurrir todas las partes: Arrendador, Inquilino/s que se retiran e inquilino/s nuevos.

    Cesiones con distinta garantía:

    En el caso de cambiar una garantía por otra (CGN a MVOT o MVOT a CGN), se deberá realizar  una Rescisión por Acuerdo de Partes sin Inspección y al mismo tiempo, un Contrato Inicial (con finca ocupada) por la garantía nueva. Deberán agendarse para contrato inicial y presentar la documentación requerida para ese trámite junto con la rescisión por acuerdo de partes sin inspección. Luego de revisada la misma y si está todo correcto, un funcionario del SGA le dará fecha para concurrir a firmar el nuevo contrato.

    En ambos casos, se deberá contar con la autorización de la Inmobiliaria o el Propietario.

    El nuevo inquilino adquiere los derechos y también las obligaciones del anterior, esto incluye la deuda en caso de que hubiere.

    Iniciar Trámite en Línea : Cesión y cesión parcial
  • Cobro de premios

    https://www.gub.uy/tramites/cobro-premios

    Es el trámite que le permite saber dónde y cómo cobrar premios del juego de Lotería, Quiniela, Tómbola, 5 de Oro / Revancha.

  • Compra y acceso a estados contables inscriptos

    https://www.gub.uy/tramites/compra-acceso-estados-contables-inscriptos

    Es la compra de estados contables inscriptos previo pago correspondiente y visualización a otros de acceso público.

    Iniciar Trámite en Línea : Compra y acceso a estados contables inscriptos
  • Comunicación de aumento de capital contractual o autorizado - Artículo 284

    https://www.gub.uy/tramites/comunicacion-aumento-capital-contractual-autorizado-articulo-284

    Es la reforma del artículo que refiere al capital contractual o autorizado de la sociedad, únicamente en lo que tiene que ver con el incremento del mismo.

    Plazo:

    • La documentación debe presentarse dentro de los 240 días, contados a partir del día siguiente en que ha quedado firme la decisión (inciso final del artículo 3 del Decreto 335/990, con la redacción dada por el artículo 1 del Decreto 486/001).
    Iniciar Trámite en Línea : Comunicación de aumento de capital contractual o autorizado - Artículo 284