Trámites
Comunicación de reducción voluntaria de capital integrado con rescate de acciones - Artículo 312
https://www.gub.uy/tramites/comunicacion-reduccion-voluntaria-capital-integrado-rescate-acciones-articulo-312Iniciar Trámite en Línea : Comunicación de reducción voluntaria de capital integrado con rescate de acciones - Artículo 312Es cuando los socios en Asamblea General Extraordinaria resuelven reducir el capital integrado, rescatando acciones.
Comunicación de reducción voluntaria de capital integrado por pérdidas - Artículo 292
https://www.gub.uy/tramites/comunicacion-reduccion-voluntaria-capital-integrado-perdidas-articulo-292Iniciar Trámite en Línea : Comunicación de reducción voluntaria de capital integrado por pérdidas - Artículo 292Aplica cuando la sociedad cuenta con pérdidas, pero su cuantía es inferior a las condiciones previstas en la Ley 16.060 para que obligatoriamente deba reducirse el capital integrado y los accionistas resuelven igualmente reducir el mismo.
Comunicación de reforma de estatutos - artículo 17 ley 18.930
https://www.gub.uy/tramites/comunicacion-reforma-estatutos-articulo-17-ley-18930Iniciar Trámite en Línea : Comunicación de reforma de estatutos - artículo 17 ley 18.930Es la comunicación que se efectúa ante la Auditoría Interna de la Nación de una reforma de estatutos, resuelta por Asamblea Extraordinaria de Accionistas, cuyo objeto exclusivo es la sustitución de la totalidad de acciones al portador por acciones nominativas o escriturales, de acuerdo con el régimen especial previsto por el artículo 17 de la Ley Nº 18.930; por la cual la A.I.N. expedirá la respectiva constancia de comunicación.
Comunicación de reintegro de capital - Artículo 160
https://www.gub.uy/tramites/comunicacion-reintegro-capital-articulo-160Iniciar Trámite en Línea : Comunicación de reintegro de capital - Artículo 160Es cuando la Sociedad, debido a pérdidas en su patrimonio, entra en causal de disolución y los socios resuelven hacer aportes para reintegrar parcial o totalmente el capital.
Comunicación de reintegro de capital integrado para Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS)
https://www.gub.uy/tramites/comunicacion-reintegro-capital-integrado-sociedades-acciones-simplificadas-sasIniciar Trámite en Línea : Comunicación de reintegro de capital integrado para Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS)Es cuando la Sociedad por Acciones Simplificadas, debido a pérdidas en su patrimonio, entra en causal de disolución y los socios resuelven realizar reintegros de capital para reintegrar parcial o totalmente el capital integrado para salir de la mencionada causal.
Comunicación de rescate de capital integrado para Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS)
https://www.gub.uy/tramites/comunicacion-rescate-capital-integrado-sociedades-acciones-simplificadas-sasIniciar Trámite en Línea : Comunicación de rescate de capital integrado para Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS)Es la reducción del capital integrado de la sociedad rescatando parcialmente las acciones en circulación en las sociedades por acciones simplificadas
Comunicaciones de cooperativas
https://www.gub.uy/tramites/comunicaciones-cooperativasIniciar Trámite en Línea : Comunicaciones de cooperativas- Comunicación del cambio de autoridades.
- Acreditación de lo dispuesto en el articulo 94 del Decreto Nº 183/018 (informes trimestrales).
Constancia de libre de deuda
https://www.gub.uy/tramites/constancia-libre-deudaIniciar Trámite en Línea : Constancia de libre de deudaSe puede solicitar constancias para sacar préstamos en el Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU) o Banco de Previsión Social (BPS) para cancelar deudas con el servicio para usuarios del Servicio de Garantía de Alquileres (SGA).
También se puede solicitar para trámites ante el MVOT.
Constancia de proveedores de proyectos de inversión para la Dirección General Impositiva - Decreto 367/009
https://www.gub.uy/tramites/constancia-proveedores-proyectos-inversion-direccion-general-impositiva-decreto-367009Es una constancia que emite la Comisión de Aplicación a los proveedores de la empresas titulares de Proyectos de Inversión, que representa una promesa escrita de las obligaciones tributarias pendientes de pago de dichas empresas, los cuales solicitan un certificado de crédito endosado a nombre del contribuyente, por un monto suficiente para cancelar las obligaciones tributarias.
Constancia de suscripción e integración de capital para usuarios de zona franca
https://www.gub.uy/tramites/constancia-suscripcion-integracion-capital-usuarios-zona-francaIniciar Trámite en Línea : Constancia de suscripción e integración de capital para usuarios de zona francaEs el trámite por el cual se controla la integración y suscripción de capital en las sociedades anónimas usuarias de zona franca que se rigen por la Ley 15.921, expidiendo una comunicación que permite su inscripción en el Registro Nacional de Comercio, conforme a lo establecido en el artículo 17 de la Ley citada.
- Plazo de presentación: 30 días corridos contados a partir del día siguiente de la fecha de constitución de la sociedad. De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 17 de la Ley 15.921 de 17 de diciembre de 1987, solamente se justifica ante esta Oficina la suscripción e integración de capital. La constitución, reformas y disolución de estas sociedades se inscriben directamente en el Registro Nacional de Comercio.
- Los modelos de integración y suscripción de capital indicados, al completarse, deberán ser adaptados a la normativa y montos aplicables en el presente caso.