Pautas electorales para la elección de los miembros del Consejo Directivo del llBCE - Octubre 2021

Periodicidad de las elecciones Las elecciones para los cargos directivos del llBCE se realizarán cada tres años.

Comisión Electoral

El Consejo Directivo nombrará una Comisión Electoral integrada por tres miembros. La Comisión Electoral será responsable de la organización del acto eleccionario, para lo cual deberá: (a) difundir la fecha prevista para el acto electoral con una antelación de al menos una semana, (b) elaborar el padrón de electores y la lista de elegibles, (c) proveer las listas de elegibles para el acto electoral, (d) recibir el cómputo de los resultados y (e) difundir públicamente los resultados del acto eleccionario.

Los resultados de las elecciones se darán simultáneamente luego de la elección de coordinadores.

Electores del llBCE

Podrán ser electores: los investigadores presupuestados, los técnicos presupuestados que realicen investigación e investigadores contratados Nivel I, Nivel II, Nivel III y posdoctorados (con contrato vigente a la fecha de la elección y con al menos 2 años de vínculo contractual en el último quinquenio). Podrán votar también los investigadores eméritos y los investigadores honorarios asociados al llBCE que residan en el país, que posean un vínculo activo con la institución y con su actividad científica centrada en el llBCE.

Elegibles del llBCE

Serán elegibles todos los investigadores Jefe de Departamento como Presidente y Vicepresidente del Consejo Directivo y todos los investigadores presupuestados (Jefes, Profesores Titulares de Investigación, Asistentes, Profesores Agregados de Investigación, Ayudantes y Profesores Adjuntos de Investigación) como coordinadores de División.

Excepto razones fundadas, elevadas a la Comisión Electoral previamente al acto eleccionario, nadie quedará eximido de su responsabilidad electoral como elegible. Los integrantes de la Comisión Electoral no podrán ser elegibles. Aquellos investigadores que hayan completado su ejercicio como miembros del Consejo Directivo, podrán ­optar por no ser considerados como elegibles para el período consecutivo de gestión. Los miembros del Consejo actuante que opten por no ser elegibles deberán comunicarlo por  escrito y con antelación a la Comisión Electoral.

De la obligatoriedad del voto

Si bien el voto es una obligación moral, el no ejercicio del mismo no acarreará sanción alguna.

De la votación

La votación se realizará de manera electrónica a través de una plataforma web.  Para efectuar el voto se accederá únicamente mediante credencial, usuario y contraseña otorgados previamente por el administrador de la plataforma a la casilla de correo electrónico de los electores. La votación permanecerá abierta durante 24 horas. Cada elector accederá a las listas de votación correspondientes con los nombres de todos los investigadores elegibles: en una de ellas podrá marcar hasta dos nombres para la elección de Presidente y Vicepresidente y en la otra podrá marcar hasta dos nombres para la elección del Coordinador de su División. El voto será secreto.

Los investigadores Jefe o Profesor Titular de investigación más votados, quedarán como Presidente y Vicepresidente, quedando los demás elegidos en una lista de suplentes que tendrá vigencia durante el ejercicio correspondiente. 

Los investigadores más votados para las Divisiones quedarán como Coordinadores de las Divisiones, quedando los demás elegidos en una lista de suplentes que tendrá vigencia durante el ejercicio correspondiente. 

En los casos en que el investigador electo para Presidente o Vicepresidente lo haya sido también para Coordinador de una División, quedará automáticamente como Presidente o Vicepresidente y el Coordinador será el siguiente más votado.

En las situaciones en que haya igualdad de votos para más de un investigador, quedará en primer lugar el investigador con mayor grado académico y en caso de igual grado académico, el de mayor antigüedad.

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