Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación

Esta Comisión se crea por el artículo 1º de la Ley Nº 14.040 del 20 de octubre de 1971. Funciona en el ámbito del Ministerio de Educación y Cultura. Estará integrada por cuatro delegados del Ministerio de Educación y Cultura, uno de los cuales la preside, tres delegados del Poder Ejecutivo, seleccionados entre personas con destacada trayectoria en el plano de la conservación, exhibición o desarrollo de bienes de valor artístico, cultural o histórico, un delegado del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y un delegado de la Universidad de la República.

Sus cometidos son los siguientes:

  • Asesorar al Poder Ejecutivo en el señalamiento de los bienes a declararse monumentos históricos.
  • Velar por su conservación y su adecuada promoción en el país y en el exterior.
  • Proponer la adquisición de la documentación manuscrita e impresa relacionada con la historia del país que se halle en poder de particulares, las obras raras de la bibliografía uruguaya, las de carácter artístico, arqueológico e histórico que por su significación deban ser consideradas bienes culturales que integran el patrimonio nacional.
  •  Proponer el plan para realizar y publicar el inventario del patrimonio histórico, artístico y cultural de la nación.
  • Cuando lo considere conveniente, la Comisión propondrá modificar el destino de los bienes culturales que integran el acervo de los organismos oficiales en ella representados.

El Presidente de la República designó como integrantes de la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación por el Ministerio de Educación y Cultura a Ana Ribeiro, Jorge Silveira, Andrés Mazzini y Yamandú Fau como titulares y a William Rey, Richard Fariña, Enrique Machado y Luis Carrau como sus respectivos alternos.

Etiquetas