Contenidos

  • La Comisión de Patrimonio es una Unidad Ejecutora del Ministerio de Educación y Cultura, fue creada por Ley 14.040

    Cometidos Sustantivos

    • Asesorar al Poder Ejecutivo en el señalamiento de los bienes a declararse monumentos históricos.
    • Velar por la conservación de los mismos, y su adecuada promoción en el país y en el exterior.
    • Proponer la adquisición de la documentación manuscrita e impresa relacionada con la historia del país que se halle en poder de particulares, las obras raras de la bibliografía uruguaya, las de carácter artístico, arqueológico e histórico que por su significación deban ser consideradas bienes culturales que integran el patrimonio nacional.
    • Proponer el plan para realizar y publicar el inventario del patrimonio histórico, artístico y cultural de la nación.
    • Cuando lo considere conveniente, la Comisión propondrá modificar el destino de los bienes culturales que integran el acervo de los organismos oficiales en ella representados.

     

     

  • En virtud de la Ley Presupuesto 2020-2024 (artículos 351 a 354 que se transcriben a continuación) se establece la nueva denominación de la Unidad Ejecutora 012 del Ministerio de Educación y Cultura como "Dirección Nacional de Innovación, Ciencia y Tecnología" así como sus cometidos.

    Cometidos Sustantivos

    Dicha Ley entró en vigencia el 1ero. de enero de 2021.

    ARTÍCULO 351.- Modifícase en el Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura", la denominación de la Unidad Ejecutora 012 "Dirección para el Desarrollo de la Ciencia y el Conocimiento", dispuesta por el artículo 129 de la Ley Nº 19.535, de 25 de setiembre de 2017, por la de "Dirección Nacional de Innovación, Ciencia y Tecnología".Toda mención efectuada a la "Dirección para el Desarrollo de la Ciencia y el Conocimiento" se considerará referida a la "Dirección Nacional de Innovación, Ciencia y Tecnología".

    Modifícase la denominación del cargo de "Director de Desarrollo de la Ciencia y el Conocimiento" por el de "Director Nacional de Innovación, Ciencia y Tecnología".

    ARTÍCULO 352.- Modifícase el artículo 308 de la ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, el quequedará redactado de la siguiente manera:

                     ARTÍCULO 308 Los cometidos de la "Dirección Nacional de Innovación, Ciencia y Tecnología", serán los siguientes:

                     A) Asesorar al Ministro de Educación y Cultura, toda vez que este lo requiera.

                     B) Diseñar, coordinar y evaluar las políticas y programas para el desarrollo de la ciencia, la tecnología y la innovación en todo el territorio nacional.

                    C) Administrar y ejecutar los fondos que le sean asignados, sean de financiamiento nacional o internacional, para desarrollar capacidades en la generación, la aplicación de conocimientos y el impulso a la innovación.

                    D) Coordinar el relevamiento y difusión, en coordinación con otras instituciones públicas y privadas, la información estadística e indicadores del área de su competencia.

                    E) Todo otro cometido que le asigne el Poder Ejecutivo.

    ARTÍCULO 353.- Suprímese la "Secretaría Nacional de Ciencia y Tecnología", creada por el artículo 34 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, dependiente del Inciso 02 "Presidencia de la República", Unidad Ejecutora 001 "Presidencia de la República y Unidades Dependientes",redistribuyéndose sus atribuciones y competencias al Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura",
    Unidad Ejecutora 012 "Dirección Nacional de Innovación, Ciencia y Tecnología", así como todos los bienes, créditos, recursos, partidas presupuestales, derechos y obligaciones, relativos al ejercicio de las competencias de la citada Secretaría.

    Los funcionarios pertenecientes a dicha Secretaría se incorporarán a la Unidad Ejecutora 012 Dirección Nacional de Innovación, Ciencia y Tecnología" del Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura", mediante el mecanismo de la redistribución previsto en los artículos 15 y siguientes de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en lo que corresponda.

    El Poder Ejecutivo reglamentará la presente disposición.

    ARTÍCULO 354.- Inclúyese en la autorización prevista en el artículo 175 de la Ley Nº 19.670, de 15 de octubre de 2018, a las actividades docentes del Programa de Investigación AntropoArqueológico y Desarrollo (PIAAD), de la Unidad Ejecutora 012 "Dirección Nacional de Innovación, Ciencia y Tecnología" del Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura".

     

  • La Dirección Nacional de Cultura es la responsable del desarrollo cultural en todo el territorio nacional. Promueve la ciudadanía cultural tendiendo a eliminar la inequidad en el ejercicio de los derechos culturales de los ciudadanos. Orienta y planifica las políticas públicas en cultura; articulando los servicios estatales, municipales y locales; generando los mecanismos para la interacción entre públicos y privados; creando diferentes mecanismos para la capacitación, la investigación y el estímulo a la creación en el sector artístico-cultural así como la difusión e investigación del patrimonio cultural uruguayo.

    Cometidos Sustantivos

    • Promover el desarrollo y la accesibilidad de la cultura como expresión de la identidad nacional en un solo país diverso, así como su difusión, junto con los valores nacionales, en interacción con el proceso de mundialización que conlleva la diversidad cultural.
    • Conformar y preservar el mayor acervo bibliográfico, artístico, histórico, natural y antropológico posible y mejorar el acceso para la población.
    • Promover, coordinar, administrar y ejecutar los proyectos de desarrollo de la cultura a cargo del gobierno nacional.
    • Asesorar al ministro de Educación y Cultura.
    • Administrar los fondos que le sean asignados, de cualquier origen y procedencia, de acuerdo con las competencias establecidas en el Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera.
    • Supervisar las actividades de: el Museo Nacional de Artes Visuales, el Museo de Artes Decorativas-Palacio Taranco, el Espacio de Arte Contemporáneo (EAC), el Museo Figari y el Instituto Nacional de Artes Escénicas (INAE).
    • Prestar el apoyo pertinente y coordinar las actividades de: el Fondo Nacional de Música, el Fondo Nacional de Teatro y el Consejo Nacional de Evaluación y Fomento de Proyectos Artístico-Culturales.
  • La Dirección de Asuntos Constitucionales, Legales y Registrales es la encargada, entre otros cometidos, de realizar un relevamiento de la situación del Estado en materia de juicios, para contar con un diagnóstico completo, discriminado y sistematizado de su actuación en materia litigiosa. A su vez, coordina con distintas unidades ejecutoras y servicios ministeriales relacionados con los cometidos del Ministerio de Educación y Cultura, vinculados a temas constitucionales, legales y registrales; por ejemplo, entre otros, con Fiscalía de Corte y Procuraduría General de la Nación,  Procuraduría General del Estado en lo Contencioso Administrativo y Fiscalías de Gobierno.

    Cometidos Sustantivos

    • Articular los esfuerzos de las unidades ejecutoras operativas -vinculadas al área del derecho-, orientadas a la defensa de los intereses del Estado, y mejorar los servicios brindados por los Registros.
    • Es la encargada, entre otros cometidos, de realizar un relevamiento de la situación del Estado en materia de juicios, para contar con un diagnóstico completo, discriminado y sistematizado de su actuación en materia litigiosa.
    • Coordina institucionalmente los organismos vinculados a los asuntos jurídicos de competencia de esta Secretaría de Estado, analizar la realidad litigiosa del Estado y, en la medida de lo posible,  mejorar  la gestión de sus intereses y el fortalecimiento del Estado de Derecho.
    • Coordina con distintas unidades ejecutoras y servicios ministeriales relacionados con los cometidos del Ministerio de Educación y Cultura, vinculados a temas constitucionales, legales y registrales.
    • Mediante el Espacio de Estudios Normativos, genera un ámbito de reflexión jurídica que permita, en tal medida, proponer los ajustes y/o modificaciones dispositivas que se estimen necesarias.

     

  • La Dirección Nacional de Educación es el ente rector y coordinador de políticas educativas de todo el sistema educativo nacional. Se encarga de impulsar y coordinar con todos los actores del ámbito de la educación.

    Cometidos Sustantivos

    • Coordinar los distintos actores que integran el sistema educativo nacional en el marco de los cometidos otorgados por la Ley General de Educación Nº 18.437, tanto en el ámbito privado como público, así también como en sus diferentes niveles y modalidades.
    • Fijar metas concretas sobre la base de cinco principios rectores del sistema educativo nacional: 1. Control ciudadano y gestión responsable. 2. Más coordinación para un mejor aprovechamiento de los recursos. 3. Más oportunidades para todos. 4. Aprendizajes de calidad, con énfasis en los más vulnerables. 5. Docentes mejor formados para una mejor educación.
    • Fortalecer el área de Educación Superior a través del desarrollo de políticas de educación terciaria y superior del ámbito público y privado.
    • Promover la Innovación en el sistema educativo a través de la formación continua de educadores y el desarrollo de programas educativos de carácter innovador.

     

  • Centros MEC es la Unidad Ejecutora más nueva del Ministerio de Educación y Cultura. Cuenta con apenas un año y meses de existencia como tal, pero su recorrido abarca más de una década desde sus orígenes dentro de la Dirección Nacional de Cultura. Comenzó como un proyecto el año 2007 y -después de un desarrollo exponencial-, creció hasta convertirse primero en un programa en la Dirección General de Secretaría y luego en Unidad Ejecutora.

    Cometidos Sustantivos

    • Profundizar las políticas que buscan la descentralización cultural con su consecuente carga social y de construcción de ciudadanía.
    • Aumentar el nivel de uso y disfrute de los bienes y servicios culturales por parte de los ciudadanos -en todo el territorio nacional-, especialmente para aquellos que por sus desventajas territoriales, económicas, educativas -o de capacidad personal- acceden menos.

     

  • La Dirección de Cooperación Internacional actúa como un enlace transversal de todas las áreas de trabajo del Ministerio de Educación y Cultura con el exterior en materia de cooperación, contribuyendo al desarrollo social a través del intercambio y la colaboración.

    Cometidos Sustantivos

    • Identificar, obtener y gestionar recursos internacionales que complementen la estrategia país, en las materias de competencia.
    • Promover la coordinación y cooperación entre organismos e instituciones nacionales y extranjeras, con el fin de intercambiar ideas, información y experiencia y brindar apoyo mutuo a programas y proyectos que se propongan en la gestión cultural, educativa y científico tecnológica.
    • Actuar como vínculo con organismos multilaterales y de cooperación bilateral, trabajando en función de los lineamientos trazados por la Agencia Uruguaya de Cooperación (AUCI), y junto con la Cancillería Uruguaya, en las áreas de competencia del MEC.
    • Contribuir al fortalecimiento de las capacidades institucionales y al desarrollo de los equipos de profesionales y técnicos del MEC.

     

  • La Dirección General de Secretaría tiene un rol articulador y coordinador a nivel institucional con el fin de dar cumplimiento a los cometidos del Inciso, colaborando con las diferentes dependencias del mismo –y supervisando también- en las áreas propias de la administración, dando el soporte necesario para el cumplimiento de las actividades sustanciales de cada Unidad Ejecutora.

    Cometidos Sustantivos

    • Promover un nuevo modelo de gestión integrada, participativa, transparente, eficiente y de calidad en el uso de los recursos públicos.
    •  Propender al desarrollo de los funcionarios, a la articulación con los interlocutores públicos y privados y la incorporación de tecnología y herramientas de gestión en el beneficio de los ciudadanos.
  • El Ministerio de Educación y Cultura de Uruguay es el responsable de la coordinación de la educación nacional, de la promoción del desarrollo cultural del país, de la preservación del patrimonio artístico, histórico y cultural de la nación, así como de la innovación, la ciencia y la tecnología y de la promoción y fortalecimiento de la vigencia de los derechos humanos. Además es responsable del desarrollo del sistema multimedia de comunicación estatal y de impulsar el acceso digitalizado de toda la población a la información. También es responsable de la formulación y coordinación de políticas respecto de la defensa judicial de los intereses del Estado y de asegurar la información necesaria para la correcta aplicación del derecho.

    Cometidos Sustantivos

    • Coordinar con todos los actores del ámbito de la Educación, en el marco de los cometidos otorgados por la Ley General de Educación Nº 18.437, con las modificaciones a la misma generadas por la Ley N°19889 Sección III, especialmente en lo detallado en los artículos 51 y 171..
    • Promover y coordinar con organismos competentes los avances de la ciencia, la tecnología y el conocimiento al servicio del desarrollo nacional y local.
    • Promover el desarrollo, la accesibilidad y la difusión de las Artes y la Cultura como expresión de la identidad y de los valores nacionales.
    • Promover el disfrute de los bienes y servicios culturales por parte de la población en todo el territorio nacional, especialmente para aquellos que por desventajas territoriales, económicas, educativas o de otra índole, tienen menor posibilidad de acceso.
    • Orientar la política cultural de manera de promover la pluralidad estética y la libertad de expresión en la producción y consumo de bienes y servicios culturales.
    • Conformar y preservar tanto el acervo bibliográfico, artístico, histórico, natural y antropológico promoviendo su apropiación por parte de la población.
    • Promover la mejora continua de los medios de comunicación del Estado, de modo de impulsar el desarrollo cultural, social, informativo y de entretenimiento de la población en su conjunto.
    • Promover, desarrollar y coordinar acciones que profundicen el respeto y fortalecimiento de los derechos humanos para todos los habitantes del país en las áreas propias de su competencia.
    • Coordinar políticas para la defensa de los derechos de los ciudadanos, los intereses del Estado y la seguridad jurídica mediante una correcta gestión registral.