Legislación Archivística

Adscripción del Archivo General Administrativo

Decreto del Poder Ejecutivo del 26 de julio de 1880 – Se readscribe el Archivo General Administrativo (AGA) al Ministerio de Gobierno.

BIBLIOTECA Y MUSEO NACIONALES

Se dispone que dependerán del Ministerio de Gobierno Montevideo, Julio 26 de 1880.

Considerando: que la adscripción de la Biblioteca y Museo Nacional, a la C. D. de I. Primaria, decretada por la Administración anterior, no ha producido los resultados que se tenían en vista; Considerando: que hay verdadero interés social y político en tener reconcentrado el Archivo General Administrativo en un solo punto, para su organización y custodia; El Presidente de la República acuerda y decreta:

Artículo

1.° - Derógase el decreto de 24 de Abril de 1879, que adscribe la Biblioteca y Museo a la C. D. de I. P.

2.° - Quedan derogados también en la parte que se refiere al Archivo Administrativo los decretos de 5 de Marzo de 1827, 11 de Marzo de 1858 y 21 de Noviembre de 1859.

3.° - Vuelva al Ministerio de Gobierno la superintendencia en todo lo relativo a dichos establecimientos.

4.° - Nómbrase al Dr. D. Pedro Mascaró y Sosa, Bibliotecario Nacional y Archivero General en la parte Administrativa.

5.° - El nombrado formará un inventario o índice general de todos los documentos, libros y demás objetos que contenga el Archivo y del cual enviará copia a este Ministerio.

6.° - Queda facultado para proponer al Gobierno los empleados necesarios para el servicio del Archivo.

7.° - La Biblioteca Nacional y Archivo General se instalarán en el 2.° piso de la casa Nacional de Correos.

8.° - Comuníquese, publíquese y dese al L.C.

 

Vidal.

Mac-Eachen.

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