Adscripción del Archivo General Administrativo
BIBLIOTECA Y MUSEO NACIONALES
Se dispone que dependerán del Ministerio de Gobierno Montevideo, Julio 26 de 1880.
Considerando: que la adscripción de la Biblioteca y Museo Nacional, a la C. D. de I. Primaria, decretada por la Administración anterior, no ha producido los resultados que se tenían en vista; Considerando: que hay verdadero interés social y político en tener reconcentrado el Archivo General Administrativo en un solo punto, para su organización y custodia; El Presidente de la República acuerda y decreta:
Artículo
1.° - Derógase el decreto de 24 de Abril de 1879, que adscribe la Biblioteca y Museo a la C. D. de I. P.
2.° - Quedan derogados también en la parte que se refiere al Archivo Administrativo los decretos de 5 de Marzo de 1827, 11 de Marzo de 1858 y 21 de Noviembre de 1859.
3.° - Vuelva al Ministerio de Gobierno la superintendencia en todo lo relativo a dichos establecimientos.
4.° - Nómbrase al Dr. D. Pedro Mascaró y Sosa, Bibliotecario Nacional y Archivero General en la parte Administrativa.
5.° - El nombrado formará un inventario o índice general de todos los documentos, libros y demás objetos que contenga el Archivo y del cual enviará copia a este Ministerio.
6.° - Queda facultado para proponer al Gobierno los empleados necesarios para el servicio del Archivo.
7.° - La Biblioteca Nacional y Archivo General se instalarán en el 2.° piso de la casa Nacional de Correos.
8.° - Comuníquese, publíquese y dese al L.C.
Vidal.
Mac-Eachen.