Plan de Política Educativa Nacional 2020-2025
Informes

La Ley 19.889 (Ley de Urgente Consideración) estableció en el literal E de su artículo 145 (modificativo del artículo 51 de la Ley 18.437) una obligación a ser cumplida al inicio de cada período de gobierno.
Dicho literal encomienda al Ministerio de Educación y Cultura la tarea de «elaborar y enviar a la Asamblea General, antes de la presentación de la Ley del Presupuesto Nacional, el Plan de Política Educativa Nacional en el que se fijarán los principios generales y las metas de articulación entre las políticas educativas y las políticas de desarrollo humano, cultural, social, tecnológico