(Objeto de la ley).- La presente ley tiene por objeto la promoción del desarrollo de la autonomía de las personas en situación de dependencia, su atención y asistencia, mediante la creación del Sistema Nacional Integrado de Cuidados (SNIC), como conjunto de acciones y medidas orientadas al diseño e implementación de políticas públicas que constituyan un modelo solidario y corresponsable entre familias, Estado, comunidad y mercado.
El Presupuesto Nacional para el actual período de Gobierno se regirá por las disposiciones contenidas en la presente ley y los siguientes anexos, que forman parte integrante de esta: Tomo I "Resúmenes", Tomo II "Planificación y Evaluación", Tomo III "Gastos Corrientes e Inversiones", Tomo IV "Recursos", Tomo V "Estructura de Cargos y Contratos de Función Pública".
Reglamentación del Decreto Ley 15.661 relativo al sistema de enseñanza terciaria privada.
Creación de la "Comisión Honoraria para la Continuidad Educativa y Socio-Profesional para la discapacidad" para promover la calidad de la oferta que brindan las instituciones privadas para la continuidad educativa y socio-profesional de las personas jóvenes y adultas con discapacidad que egresan de las escuelas especiales dependientes del Consejo de Educación Inicial y Primaria.
Regulación, habilitación, registro de certificados, supervisión y seguimiento de las Escuelas Privadas de Enfermería.
Reglamentación referida a la Educación en la Primera Infancia y los Centros de Educación Infantil Privados.
Reglamentación del Decreto Ley 15.661 relativo al sistema de enseñanza terciaria privada.
Términos de participación del Consejo de Educación No Formal (CONENFOR) en el proceso de habilitación de los Centros de Formación y/o Entrenamiento privados que dicten cursos de educación marítima.
Condiciones de habilitación para los Centros de Formación y/o Entretenimiento
A través del Decreto 41/012 se actualiza el listado de enfermedades y eventos considerados de notificación obligatoria, plazos de notificación, responsables de la misma y sanciones establecidas en caso de incumplimiento.