Trámites

  • Inscripción de Partidas Supletorias

    https://www.gub.uy/tramites/inscripcion-partidas-supletorias

    Partidas Supletorias se rigen por el Decreto 61/2017 y se aplica para todo los extranjeros radicados en la República que prueben fehacientemente la imposibilidad de obtener su partida de nacimiento en el país de origen. Es un trámite residual, y generalmente se recurre a el, en caso de destrucción de las partidas de sus países por guerra, inundación, incendio, o alguna otra catástrofe, siempre y cuando el país de origen no lo pueda subsanar por algún medio  legal.

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  • Inscripción de reconocimiento de hijos naturales

    https://www.gub.uy/tramites/inscripcion-reconocimiento-hijos-naturales

    Es el trámite por el cual se realiza la inscripción de reconocimiento de hijos naturales.

     

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  • Solicitud de partidas

    https://www.gub.uy/tramites/solicitud-partidas

    Es la solicitud del documento que acredita el nacimiento, reconocimiento, matrimonio o defunción, ocurridos en el país o en el extranjero, como así también partidas de Divorcio realizados en el extranjero.

    En el caso de hechos realizados en el extranjero se debe realizar  la inscripción previa correspondiente

    Observaciones:

    • En el caso de querer acreditar un Divorcio realizado en nuestro país, se debe solicitar la Partida de matrimonio la que tendrá en su margen la inscripción del divorcio.
    • Las partidas de hechos inscriptos a partir del 01 de enero del 2022, se encuentran en formato digital y se descargan directamente en línea y sin costo. 
    • Las partidas del extranjero inscriptas a partir del año 2015 son en formato digital y se descargan directamente en línea y sin costo. Deben ser buscadas en la opción "Datos registrales o actas del extranjero".