Registro Nacional No Llame
Guías
Decreto No. 132/022 de 21 de abril de 2022.
Flujograma de los actores involucrados
Operadores
Acciones de los operadores de servicios de telefonía:
- Habilitar usuarios que actualizaran el registro “No llame”.
- Recepcionar solicitudes de los titulares de telefonía. (Las solicitudes serán de alta o baja en el Registro No llame.)
- Validar la identidad del titular (de acuerdo a los procesos de gestión definidos por cada operador).
- Informar a los titulares la fecha en la que quedará ingresada la solicitud.
- Conservar la manifestación de voluntad de darse de alta o baja. (La prueba deberá conservarse por medios fehacientes por el plazo de cuatro años.)
- Comunicar a URSEC las altas y bajas al registro (a través del trámite de Actualización del Registro Nacional "No Llame" dentro de los cinco días hábiles de la solicitud o modificación.)
- Responder los requerimientos de URSEC.
Quienes realizan contactos
Acciones de quienes publiciten, oferten, vendan o regalen bienes o servicios:
- Inscribir la empresa en URSEC (a través del trámite Registro de Personas y Empresas).
- Habilitar usuarios que consultaran el registro “No llame” (través del trámite Administración de usuarios de trámites).
- Consultar el Registro “No llame” (a través del trámite Consulta del Registro Nacional No Llame en forma previa a iniciar los procedimientos de contacto).
- Conservar la prueba de que se consultó el Registro. (La prueba deberá conservarse por medios fehacientes por el plazo de cuatro años.)
- Recabar el consentimiento de llamadas expresamente permitidas (siempre que no se encuentre incluido en una relación contractual vigente y el consentimiento del titular sea libre, expreso e informado).
- Realizar los llamados en la forma establecida. (El número debe ser visible por el identificador de llamadas o dar a conocer el nombre de la empresa, además indicar la marca comercial y el motivo del contacto. Las llamadas podrán realizarse de lunes a viernes de 9:00 a 21:00 o sábados de 9:00 a 19:00, salvo expresa autorización del titular).
- Responder los requerimientos de URSEC.
Titulares o usuarios
Acciones de los titulares o usuarios de servicios de telecomunicaciones que no quieren ser contactado:
- Solicitar a su operador de servicios de telefonía el alta o baja del Registro No llame.
- Realizar denuncias ante URSEC por incumplimiento a la normativa (a través del trámite Denuncia por incumplimiento del Registro Nacional "No llame").
Ursec
Acciones de Ursec:
- Disponer, mantener y mejorar la plataforma digitalizada del Registro No llame.
- Crear y mantener en el portal de URSEC una sub-home Registro Nacional “No Llame”.
- Disponibilizar un número corto y único para los tres operadores, a través del cual los titulares o usuarios podrán registrar el alta o baja en sus respectivos operadores.
- Verificar que la información recibida de los operadores de telefonía cumplan las especificacio nes establecidas.
- Otorgar un certificado con el detalle de los números que se encuentran en el registro a las empresas que lo consulten.
- Atender las denuncias que realicen los titulares o usuario.
- Aplicar las medidas correctivas y sancionatoria.
- Comunicar a la URCDP en los casos dispuestos.