Registro Nacional No Llame

Guías

Flujograma de los actores involucrados.

Acciones de los actores involucrados:

Decreto No. 132/022 de 21 de abril de 2022.

Operadores

Acciones de los operadores de servicios de telefonía

Habilitar usuarios que actualizaran el registro “No llame”.Recepcionar solicitudes de los titulares de telefonía.Validar la identidad del titular.Informar a los titulares la fecha en la que quedará ingresada la solicitud.Conservar la manifestación de voluntad de darse de alta o baja.Comunicar a URSEC las altas y bajas al registro.Responder los requerimientos de URSEC.  
  • Las solicitudes de los titulares de telefonía serán de alta o baja en el Registro No llame.
  • La validación de identidad se hará de acuerdo a los procesos de gestión definidos por cada operador.
  • La prueba de la manifestación de voluntad deberá conservarse por medios fehacientes por el plazo de cuatro años.
  • La comunicación a URSEC deberá hacerse a través del trámite de Actualización del Registro Nacional "No Llame" dentro de los cinco días hábiles de la solicitud o modificación.

Quienes realizan contactos

Acciones de quienes publiciten, oferten, vendan o regalen bienes o servicios

Inscribir la empresa en URSEC.Habilitar usuarios que consultaran el registro “No llame”.Consultar el Registro “No llame”.Conservar la prueba de que se consultó el Registro.Recabar el consentimiento de llamadas expresamente permitidas.Realizar los llamados en la forma establecida.Responder los requerimientos de URSEC.
  • La inscripción de la empresa se realiza a través del trámite Registro de personas y empresas.
  • Los usuarios se habilitan a través del trámite Administración de usuarios de trámites en línea.
  • La consulta se realiza a través del trámite Consulta del Registro Nacional No Llame en forma previa a iniciar los procedimientos de contacto. 
  • La prueba de que se consultó el registro deberá conservarse por medios fehacientes por el plazo de cuatro años
  • El consentimiento de las llamadas expresamente permitidas se debe recabar siempre que no se encuentre incluido en una relación contractual vigente y el consentimiento del titular sea libre, expreso e informado.
  • El número desde donde se realiza la llamada debe ser visible por el identificador de llamadas o dar a conocer el nombre de la empresa, además de indicar la marca comercial y el motivo del contacto. Las llamadas podrán realizarse de lunes a viernes de 9:00 a 21:00 o sábados de 9:00 a 19:00, salvo expresa autorización del titular.

Titulares o usuarios

Acciones de los titulares o usuarios de servicios de telecomunicaciones que no quieren ser contactado

Solicitar a su operador de servicios de telefonía el alta o baja del Registro No llame.Realizar denuncias ante URSEC por incumplimiento a la normativa.

Ursec

Acciones de Ursec

Disponer, mantener y mejorar la plataforma digitalizada del Registro No llame.Crear y mantener en el portal de URSEC una sub-home Registro Nacional “No Llame”.Disponibilizar un número corto y único para los tres operadores, a través del cual los titulares o usuarios podrán registrar el alta o baja en sus respectivos operadores.Verificar que la información recibida de los operadores de telefonía cumplan las especificacio nes establecidas.Otorgar un certificado con el detalle de los números que se encuentran en el registro a las empresas que lo consulten.Atender las denuncias que realicen los titulares o usuario.Aplicar las medidas correctivas y sancionatoria.Comunicar a la URCDP en los casos dispuestos.

 

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