Trámites
Mudanza de Uruguayos que retornan al país Amparados en la Ley 18.250
https://www.gub.uy/tramites/mudanza-uruguayos-retornan-pais-amparados-ley-18250Refiere a los bienes que puede introducir al país un uruguayo con más de dos años de residencia en el exterior que retorna con ánimo de residencia permanente, estando los mismos libres de tributos, derechos de aduana, tributos o gravámenes conexos, incluidos los precios vinculados a la importación.
¿Qué bienes incluye?
- Los bienes muebles y efectos que alhajan su casa habitación.
- Las herramientas, máquinas, aparatos e instrumentos vinculados con el ejercicio de su profesión, arte u oficio.
- Un vehículo automotor de su propiedad, por única vez, adquirido con una antigüedad mínima de un año al momento del retorno. Queda vedado el ingreso de vehículos de más de dos ejes, así como camiones, tracto-camiones, casas rodantes, motor home, ómnibus en todas sus modalidades, y todo tipo de embarcaciones y aeronaves.
Alcance de la franquicia: Se entiende por uruguayo a los efectos de la presente franquicia, a toda persona nacida en cualquier punto del territorio de la República, así como los hijos (mayores de edad) de padre o madre orientales, cualquiera haya sido el lugar de nacimiento.
Multas Registro de Estados Contables (Multas REC)
https://www.gub.uy/tramites/multas-registro-estados-contables-multas-recIniciar Trámite en Línea : Multas Registro de Estados Contables (Multas REC)Pago de multa por registro de los estados financieros fuera de plazo y/o por incumplimiento a la prohibición de distribución de dividendos.
Nota de no utilización del Informe de Líquido Disponible (ILD)
https://www.gub.uy/tramites/nota-no-utilizacion-informe-liquido-disponible-ildIniciar Trámite en Línea : Nota de no utilización del Informe de Líquido Disponible (ILD)Se solicita para su presentación en B.P.S. u otros organismos para justificar que no se utilizó para el descuento del alquiler.
Notificación de cierre de cuenta en BROU por Organismo Público
https://www.gub.uy/tramites/notificacion-cierre-cuenta-brou-organismo-publicoIniciar Trámite en Línea : Notificación de cierre de cuenta en BROU por Organismo PúblicoPor medio de este trámite los Organismos del Presupuesto Nacional y Organismos que integran el Art. 220 de la Constitución de la República comunican a Unidad Cuenta Única del Tesoro (CUT) de la Tesorería General de la Nación el cierre de cuentas en Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU).
Otras solicitudes
https://www.gub.uy/tramites/otras-solicitudesIniciar Trámite en Línea : Otras solicitudesEs un trámite para Solicitar:
- Copias de contratos (comunes o autenticadas).
- Documentación archivada en la carpeta (poderes, facturas, etc.).
- Constancia de que no alquila por el SGA.
- Nota de no utilización del ILD de BPS.
- Constancia de rescisión.
- Actualización de datos personales de usuarios particulares.
Pago de deudas de alquiler relacionados con el Servicio de Garantía de Alquileres
https://www.gub.uy/tramites/pago-deudas-alquiler-relacionados-servicio-garantia-alquileresIniciar Trámite en Línea : Pago de deudas de alquiler relacionados con el Servicio de Garantía de AlquileresA través de este trámite se informa la manera de efectivizar el pago de deudas del alquiler.
Pago de multa Ley Nº 19.484
https://www.gub.uy/tramites/pago-multa-ley-no-19484Iniciar Trámite en Línea : Pago de multa Ley Nº 19.484Pago de multa Ley 19484: Es el que efectúan ante la Auditoría Interna de la Nación, las entidades y sus representantes, que incumplieren con la obligación de presentación en plazo de la declaración jurada prevista en el artículo 29 de la Ley Nº 19.484.
Pago de Multa: Arts. 8° y 9° Ley N° 18.930
https://www.gub.uy/tramites/pago-multa-arts-8deg-9deg-ley-ndeg-18930Iniciar Trámite en Línea : Pago de Multa: Arts. 8° y 9° Ley N° 18.930Pago de multa Art. 8 y 9 Ley 18-930: Es el que efectúan ante la Auditoría Interna de la Nación, tanto los titulares de participaciones patrimoniales al portador como las entidades y sus representantes, que incumplieren con la obligación de presentación en plazo de las declaraciones juradas previstas en el artículo 6º de la Ley Nº 18.930.
Pago de rescisiones de contratos a inquilinos relacionados con el Servicio de Garantía de Alquileres
https://www.gub.uy/tramites/pago-rescisiones-contratos-inquilinos-relacionados-servicio-garantia-alquileresEs la devolución de la diferencia de días entre la fecha de entrega de llaves de una finca y el último día del mes en que se realiza.
Esto ocurre solamente si se le pudo descontar todo el alquiler de los haberes y no tiene deudas anteriores.Pago de sentencias judiciales
https://www.gub.uy/tramites/pago-sentencias-judicialesConsiste en dar cumplimiento a un Oficio dictaminado por el Juzgado competente y en acuerdo con la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas, respecto a un juicio ganado por una empresa o un particular.
