Trámites

  • Compras públicas a la industria farmacéutica - Decreto N° 194/014

    https://www.gub.uy/tramites/compras-publicas-industria-farmaceutica-decreto-ndeg-194014

    Es un certificado que expide la Dirección Nacional de Industrias (DNI) previa presentación de una declaración jurada en donde se demuestre el cumplimiento de la contrapartida requerida en la reglamentación.

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  • Compras públicas para industria del calzado

    https://www.gub.uy/tramites/compras-publicas-industria-calzado

    Es un Certificado de Participación en el Subprograma de Compras Públicas para el Desarrollo de la Industria del Calzado. Con este certificado, las industrias nacionales productoras de los bienes promovidos acceden al beneficio de una reserva de mercado siempre que cumplan con las condiciones previstas en la normativa.

    El objetivo del subprograma es fomentar el acceso de las empresas nacionales productoras de calzado al mercado público.

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  • Concesión para explotar y servidumbres mineras de ocupación y/o paso

    https://www.gub.uy/tramites/concesion-explotar-servidumbres-mineras-ocupacion-yo-paso

    Es el derecho a explotar, con exclusión de toda otra persona, en un área determinada, una o más sustancias minerales y disponer de los productos extraídos o separados del yacimiento.

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  • Consulta de Certificado de compras públicas - Mipymes

    https://www.gub.uy/tramites/consulta-certificado-compras-publicas-mipymes

    Permite consultar y verificar la validez de un Certificado de Compras Públicas emitido al amparo del Subprograma de Compras Públicas para Mipymes.

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  • Consulta de certificado Pyme

    https://www.gub.uy/tramites/consulta-certificado-pyme

    Permite verificar ingresando el número de RUT si una empresa cuenta con el Certificado Pyme vigente y la categoría correspondiente. También podrá descargar el certificado.

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  • Consultas sobre el portal web de Artesanía Uruguay

    https://www.gub.uy/tramites/consultas-portal-web-artesania-uruguay

    Este canal tiene como finalidad atender consultas relacionadas con la incorporación al portal web Artesanía Uruguay, plataforma dedicada a la difusión del trabajo de artesanos destacados a nivel nacional. 

    A través de dicho portal se promueve la visibilidad del sector artesanal, se comparten noticias de interés y se pone a disposición información sobre instrumentos de apoyo, programas y políticas públicas orientadas al fortalecimiento y desarrollo de la artesanía en Uruguay.

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  • Control y seguimiento de inversiones

    https://www.gub.uy/tramites/control-seguimiento-inversiones

    Es el procedimiento para dar cumplimiento a los extremos establecidos por la normativa de control y seguimiento de inversiones, en lo que refiere a objetivos definidos, alcance de las metas comprometidas y ejecución de la inversión proyectada.

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  • Convocatoria a Mujeres que Transforman

    https://www.gub.uy/tramites/convocatoria-mujeres-transforman

    Podrán postularse empresas que desarrollen actividades productivas o de servicios vinculados a lo productivo, en aquellas áreas de interés ministerial. Están comprendidas las mipymes, en cualquiera de las siguientes formas jurídicas: Unipersonal; Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.); Sociedad Anónima (S.A.); Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.); Sociedad de Hecho o Cooperativa de Trabajo. 

    Los proyectos presentados deberán prever: mejoras sustanciales en áreas clave de la empresa y contribuir a su competitividad; incorporar innovación en productos, servicios, procesos productivos, estrategias de comercialización y/o en el fortalecimiento de capacidades y habilidades de gestión empresarial. También se considerarán aquellas que promuevan prácticas de cuidado del ambiente y circularidad, entre otras dimensiones que se detallan en las bases de la Convocatoria

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  • Convocatoria a proyectos de inversión cooperativos

    https://www.gub.uy/tramites/convocatoria-proyectos-inversion-cooperativos

    Es una convocatoria a Cooperativas de Trabajo, Cooperativas Agrarias y Sociedades de Fomento Rural vinculadas a la actividad industrial, a presentar proyectos de inversión que favorezcan el desarrollo de áreas clave de su actividad productiva o prestación de servicios en pro de la mejora de su competitividad y en favor del desarrollo sostenible de la comunidad donde despliegan su actividad.

    Los objetivos de los proyectos deberán estar alineados con alguna de las áreas que son competencia del MIEM.

    La TITULAR DEL PROYECTO deberá ser en todos los casos una Cooperativa de Trabajo, Cooperativa Agraria o Sociedad de Fomento Rural.

    Se admite la posibilidad de presentar un proyecto de inversión que involucre a dos o más organizaciones en su ejecución. La titular recibirá los fondos no reembolsables y realizará las rendiciones de cuentas. Será la representante de la alianza ante el MIEM. La asociación podrá ser con una o varias entidades de la Economía Social y Solidaria, o empresas no-cooperativas, y/o a universidades o institutos de investigación (en este último caso siempre se requerirá la participación de dos o más empresas en forma conjunta con la universidad o instituto de investigación).

    Condiciones de los fondos y gastos elegibles.

    El MIEM podrá financiar hasta el 80% del valor total del proyecto (SIN IVA) con un tope de $500.000. La beneficiaria deberá integrar contrapartida equivalente como mínimo al 20% del total del proyecto.

    Estos fondos tendrán carácter de no reembolsables y estarán sujetos a rendición de cuentas por parte de la beneficiaria cada 60 días a partir de la fecha del primer desembolso, según lo dispuesto por la Ordenanza 77 del Tribunal de Cuentas de la República.

  • Declaración de Publicidad Oficial

    https://www.gub.uy/tramites/declaracion-publicidad-oficial

    El art. 7 del Decreto 392/022, (reglamentario del art. 774 de la Ley 19.924), estipula que antes del 30 de marzo de cada año, los organismos públicos deberán rendir cuentas al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Industria, Energía y Minería de la publicidad realizada el año anterior, brindando detalle del monto invertido en publicidad y de los montos adjudicados a cada medio de comunicación del interior del país.

    A los efectos de la contratación, los organismos públicos deberán contemplar en su estrategia publicitaria anual, los porcentajes mínimos previstos por la normativa con los medios que estén inscriptos en el Registro de Publicidad Oficial.

    De acuerdo a la redacción dada al art. 774 de la Ley 19.924 por el art. 658 de la Ley 20.212, le corresponde a URSEC el control del cumplimiento de la normativa, así como el establecimiento de las sanciones correspondientes.

    De acuerdo con lo establecido en la Resolución N° 645/2024 de la URSEC, se aprueban los siguientes documentos para el control de Publicidad Oficial, entre ellos el protocolo de actuación y la planilla de control.

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