Inserción laboral de personas con discapacidad en el Estado

Introducción

La Ley Nº 18.651 de 19 de febrero de 2010 de Protección Integral a las Personas con Discapacidad, establece la obligación del Estado de reservar una proporción no inferior al 4% de los cargos vacantes para ser cubiertos por personas con discapacidad que reúnan las condiciones de idoneidad para el cargo.

Es competencia de la Oficina Nacional del Servicio Civil relevar anualmente la información de todo el Estado y las personas jurídicas de derecho público no estatal para determinar el cumplimiento de esta cuota y enviar la información resultante al Parlamento.

Para acceder a los puestos de trabajo comprendidos en dicha Ley, las personas con discapacidad deben estar inscriptas en el Registro Nacional de la Discapacidad (artículo 768 de la Ley Nº 16.736 de 5 de enero de 1996, que se encuentra en la órbita del Área de la Secretaría Nacional de Cuidados y Discapacidad del Ministerio de Desarrollo Social por el artículo 496 de la Ley Nº 19.924 de 18 de diciembre de 2020).

En el Capítulo sobre Trabajo de la Ley Nº18.651, el artículo 51 Literal F establece entre los cometidos específicos de la Comisión el prestar asesoramiento a los organismos obligados en el artículo 49, sobre la descripción y los perfiles de los cargos a ser cubiertos, así como proponer las adaptaciones que estime necesarias para llevar adelante las pruebas en caso de selección por concurso, recomendaciones que cada organismo deberá atender.

Oportunamente la CNHD se ha planteado la necesidad de conocer el proceso de inserción de las personas que ingresaron al ámbito público, como forma de detectar problemas, necesidades y fortalezas, insumos que permitirán orientar, reorientar y/o profundizar su función de asesoramiento previo. Para ello se ha solicitado la colaboración de la Oficina Nacional de Servicio Civil (ONSC) la que, compartiendo plenamente la necesidad de contar con mayor conocimiento de los procesos de inserción mencionados, dispone prestar colaboración técnica a través del Laboratorio de Innovación y Observatorio de la Función Pública para llevar adelante un estudio en conjunto con la Sub Comisión Trabajo de la CNHD.

Los datos últimos del Censo Nacional (2011) indican que de los 3.251.654 habitantes con los que cuenta Uruguay, 517.771 presentan alguna discapacidad (365.462 leve, 128.876 moderada y 23.433 severa). De acuerdo con estas cifras un 15,9% de la población uruguaya tiene algún tipo de limitación.

No existe actualmente una sólida información estadística sobre la actividad económica de las personas con discapacidad. Los datos de la Encuesta Nacional de personas con discapacidad del 2004 recaban que solo una quinta parte participa en el mercado de trabajo. Su tasa de actividad es significativamente baja con relación a la población sin discapacidad (19,6% contra 62,4%).

El Censo 2011 trabaja en base a la definición de “limitaciones” autoperceptivas que no abarca el total de espectro de las diferentes discapacidades. Esto repercutió en datos que no necesariamente corresponden a discapacidad en el sentido que se toma para los ingresos al Estado. De todas maneras, las tasas permiten ver un desglose por sexo mostrando la tendencia diferencial en los respectivos indicadores de trabajo.

 

Tabla 1. Tasa de actividad, tasa de empleo, tasa de desempleo según sexo y prevalencia de limitaciones La siguiente tabla podemos observar la tasa de actividad, tasa de empleo y tasa de desempleo según sexo y prevalencia de limitaciones para ciudadanos que se insertan laboralmente en el Estado. En esta tabla podemos ver que los hombres sin limitaciones tienen una tasa de actividad del 77.38% frente a un 46.79% de hombres con limitaciones. Por otro lado, podemos observar que los hombres sin limitaciones tienen una tasa de empleo de 74.01% frente a un 44.54% de hombres con limitaciones. También podemos ver que los hombres sin limitaciones poseen una tasa de desempleo del 4.35% en comparación con un 4.8% de hombres con limitaciones. Para el caso de personas de sexo femenino podemos observar que las mujeres sin limitaciones poseen una tasa de actividad del 59.42% frente a un 30.46% de mujeres con limitaciones. Las mujeres sin limitaciones tienen una tasa de empleo del 54.33% en comparación a un 27.5% de mujeres con limitaciones. Finalmente, las mujeres sin limitaciones tienen una tasa de desempleo del 8.57% frente a un 9.7% de mujeres con limitaciones.

 

Por su parte, la ONSC ha relevado el ingreso de personas con discapacidad al Estado y las personas jurídicas de derecho público no estatales, reportándose el ingreso de 765 personas con discapacidad al Estado en los últimos 10 años (2009-2020).

Estos datos muestran una evidente necesidad de mejorar las políticas que se vienen aplicando, para lo cual un mayor conocimiento de la situación podrá aportar insumos relevantes. Este es el propósito fundamental de este estudio conjunto.

En el capítulo 1 se presentan los objetivos, metodología y alcance de este estudio.

El capítulo 2 desarrolla los resultados obtenidos a partir de la Encuesta aplicada entre las áreas de gestión humana de los organismos donde ingresaron personas con discapacidad en el año 2018.

El capítulo 3 presenta el resultado de la Encuesta aplicada entre las personas con discapacidad que ingresaron en dicho año.

Por último, en el capítulo 4 se brindan las conclusiones más destacadas a las que se ha arribado.

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