6.3 Pasaje al régimen mixto de las cajas paraestatales y servicios de retiro
A partir de la entrada en vigencia de la Reforma, los trabajadores que ingresan al mercado laboral estarán comprendidos en el Sistema Previsional Común (SPC). De esta forma se logra la universalización del sistema incluyendo a los afiliados a la Caja de Jubilaciones y Pensiones Bancarias (CJPB), la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios (CJPPU), el Servicio de Retiros y Pensiones Policiales (SRPP), y el Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas (SRPFFAA). En el caso de la Caja Notarial de Seguridad Social (CNSS), se postergó este pasaje por tres años.
Los aportes de los nuevos afiliados pasarán al régimen mixto y tendrán ahora dos destinos: el sistema de reparto tal como se viene administrando hasta ahora y la cuenta de ahorro individual obligatorio donde los aportes se capitalizan en la cuenta de ahorro de afiliado y una vez que se cumpla la condición de jubilación, se adquiere una renta vitalicia previsional con el ahorro acumulado.
Para las remuneraciones menores a $ 128.410 en valores del año 2024, el aporte al ahorro individual será de 5% de la remuneración; para los ingresos que superen dicha cifra, pero se ubiquen por debajo de $ 256.821, se aplicará a la diferencia con el primer nivel una tasa del 15%; y para la parte de los ingresos que se ubique por encima de $ 256.821 no hay obligación de aportar.
Esta secuencia financiera determina que las entidades previsionales van a dejar de recibir parte de los aportes personales que pasan a la AFAP. En compensación de esa pérdida el Poder Ejecutivo asistirá a la entidad por un período de tiempo de 30 años que se puede extender a 40 años en una cifra equivalente a lo transferido a las AFAP, de forma que no pierda ingresos. A su vez, cuando los afiliados del sistema mixto se jubilen, la entidad tendrá que servir una pasividad menor pues una parte se financiará por la renta vitalicia, por lo cual, la asistencia del Estado va a impactar favorablemente en el flujo financiero de estas instituciones en el largo plazo.
La transferencia del Poder Ejecutivo tendrá una evolución gradualmente creciente en la medida que el ingreso de nuevos afiliados aumenta año a año su participación en el total, a la vez que se jubilan, fallecen o se van a otra actividad los afiliados del régimen anterior.