Trámites

  • Exoneraciones para la importación de vehículos personas con discapacidad

    https://www.gub.uy/tramites/exoneraciones-importacion-vehiculos-personas-discapacidad

    Es el trámite el cual, al amparo de la Ley 13.102 del 18 de octubre de 1962 y sus disposiciones concordantes, permite a las personas con discapacidad, la importación directa para uso personal, de todo tipo de vehículos automotores nuevos, de sistema de adaptación para su manejo.

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  • Expediente electrónico Gex

    https://www.gub.uy/tramites/expediente-electronico-gex

    El sistema de expedientes electrónicos GEX es un sistema ágil, seguro y transparente de gestión que permite, además del inicio del trámite en línea su seguimiento en tiempo real. También permite gestionar solicitudes de registro, autorización y despacho aduaneros, o cualquier tipo de petición o consulta ante la Dirección Nacional de Aduanas.

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  • Extranjeros que ingresan para residir en forma permanente

    https://www.gub.uy/tramites/extranjeros-ingresan-residir-forma-permanente

    Los extranjeros que vienen a establecerse a Uruguay, podrán ingresar exentos de gravámenes y en condición de carga: ropas, objetos de uso personal usados, libros y periódicos, muebles y otros bienes de uso doméstico y herramientas, máquinas, aparatos e instrumentos necesarios para el ejercicio de su profesión, arte u oficio, individualmente considerado. El goce del beneficio para estos últimos, está sujeto a la previa comprobación de la actividad que desarrolla el viajero (Decreto Nº 139/014)

    Condiciones:

    • Si los bienes ingresan como equipaje no acompañado, deberán arribar al Territorio Aduanero dentro de los tres meses anteriores o hasta los seis meses posteriores a la llegada del viajero y sólo serán liberado una vez comprobado el ingreso al país del solicitante. Además deberán arribar en condición de carga y desde la misma procedencia del viajero.
    • El trámite deberá ser efectuado por el propio interesado o a través de un Despachante de Aduanas.
    • El equipaje deberá permanecer en un depósito contratado por el solicitante hasta la culminación del trámite.

      Mientras no les sea concedida la residencia permanente en el país, los extranjeros podrán ingresar sus bienes bajo el régimen de Admisión Temporaria, debiendo presentarse una garantía por los tributos que pudieren corresponder. El trámite de liquidación y constitución de la garantía se realiza en el expediente GEX ante la Autoridad Aduanera. La garantía le será devuelta una vez acreditada la residencia definitiva en el país.

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    • Fallecimiento del titular del vehículo de personas con discapacidad

      https://www.gub.uy/tramites/fallecimiento-titular-vehiculo-personas-discapacidad

      Cuando fallece el titular de un vehículo de lisiado (importado por la Ley 13102), los herederos pueden solicitar la tenencia o propiedad del mismo.

    • Fin de obras de infraestructura o edilicias en zonas francas (excepto zonas francas de servicios)

      https://www.gub.uy/tramites/fin-obras-infraestructura-edilicias-zonas-francas-excepto-zonas-francas-servicios

      Es el trámite controlado por la Asesoría Técnica del Área Zonas Francas, por el cual se comunica la finalización de las obras de infraestructura o edilicias en Zonas Francas.

    • Fiscalización de cooperativas

      https://www.gub.uy/tramites/fiscalizacion-cooperativas

      Corresponde a la fiscalización a solicitud de parte (Articulo 212 numeral 11 de la Ley Nº 18.407 en la redacción dada por la Ley Nº 19.181).

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    • Formulario 1700

      https://www.gub.uy/tramites/formulario-1700

      Es una declaración jurada en la que:

      • Los escribanos intervinientes deben retener, declarar, el ITP e IRPF por incrementos patrimoniales (cuando corresponda).
      • Los adquirentes por prescripción adquisitiva deben declarar, el ITP e IRPF por incrementos patrimoniales (cuando corresponda).
      • Los herederos, legatarios y los beneficiarios por posesión definitiva de bienes del ausente deben declarar el ITP (cuando corresponda). 
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    • Formulario 1701

      https://www.gub.uy/tramites/formulario-1701

      Es una declaración jurada en la que los escribanos intervinientes deben declarar, el ITP e IRPF por incrementos patrimoniales en las situaciones comprendidas en la Ley 18.876 de 29.12.011.

      En aquellos casos que incluyan conjuntamente:

      • Fecha del hecho generador igual o posterior al 1 de enero de 2012.
      • El o los inmuebles sean rurales.
      • El hecho generador es “enajenación”, “promesa de enajenación” o “cesión de promesa de enajenación”.
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    • Formulario de comunicación de cuenta en BROU

      https://www.gub.uy/tramites/formulario-comunicacion-cuenta-brou

      Por medio de este trámite los Organismos del Presupuesto Nacional y Organismos que integran el Art. 220 de la Constitución de la República declaran ante Unidad Cuenta Única del Tesoro (CUT) de la Tesorería General de la Nación, los datos de las cuentas bancarias BROU autorizadas por la citada oficina y abiertas.

    • Free Shop - Cesión de cuota

      https://www.gub.uy/tramites/free-shop-cesion-cuota

      Cuando una persona adquiere una parte o una cuota de una sociedad por acto entre vivos o por sucesión. Supone la modificación del contrato social.