Normativa regulatoria del curso denominado: Auxiliar de Farmacia Hospitalaria

De la libreta docente

Los cronogramas de las Escuelas de Enfermería son las autorizadas en el momento de la habilitación del curso de AFH por la Oficina de Habilitaciones de Escuelas de Enfermerías Privadas del MEC.

Deberá existir una libreta docente por grupo y/o programas informáticos donde se registra nombre del docente, fecha de la clase, hora de inicio y finalización de la misma, temas dictados, nombre de alumnos presentes y ausentes y todo otro dato relevante. Al inicio de la libreta docente deberá quedar especificado la forma de marcar las asistencias (ej: P, +, x, etc.) e inasistencias (ej.: F, -, o, etc.) de forma de no generar confusión al momento de la inspección por parte del funcionario competente del MEC. 

El docente deberá firmar* la planilla donde consten los detalles antes mencionados por cada clase dictada. La libreta docente debe permanecer obligatoriamente dentro de las Escuelas de Enfermería y deberá ser presentada ante el funcionario del MEC en cualquier momento si este lo solicita en una inspección.  

*Si utiliza firma digital, debe cumplir Ley Nº. 18600.

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