Decreto 153/016 Reglamentación del Art. 18 de la Ley N° 19315 Relativo a los Cometidos de la Dirección Nacional de Asuntos Sociales
CAPÍTULO I
GENERALIDADES
Artículo 1 La Dirección Nacional de Asuntos Sociales como servicio especializado dependiente del Ministerio del Interior, tendrá una Sub Dirección Nacional de Sanidad Policial, la que tendrá como cometidos la prevención, protección y recuperación integral de la Salud en todos los niveles del personal policial en actividad y retiro, pensionistas, núcleo familiar, control sanitario y certificación de licencias por enfermedad; y una Sub Dirección Nacional de Asistencia y Seguridad Social Policial, la que tendrá como cometidos gestionar, tramitar, proponer y servir los retiros, pensiones, subsidios y demás prestaciones de seguridad social.