Decreto 294/020 Aprobación del Reglamento de la Dirección Nacional de la Seguridad Rural y Reglamentación del Art. 18-Bis de la Ley N° 19315. Derogación del Art. 29 del Decreto 289/016
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DECRETA:
Artículo 1 APRUÉBASE el "Reglamento de la Dirección Nacional de la Seguridad Rural", (*) que luce agregado en el Anexo y que se considerará parte integrante del presente Decreto.