Todos los informativos por televisión abierta de Montevideo contarán con intérprete de señas desde este viernes

En aplicación de la Ley N° 19.307 de 29 de diciembre de 2014 y su decreto reglamentario N° 160/019 de 05 de junio de 2019.
En aplicación de la Ley N° 19.307 de 29 de diciembre de 2014 y su decreto reglamentario N° 160/019 de 05 de junio de 2019.
A partir del 12 de setiembre rige la obligatoriedad de emitir informativos con interpretación en lengua de señas para los canales abiertos de Montevideo
Por disposición de la Comisión Directiva de URSEC en sesión de fecha 15 de agosto de 2019 (Acta Nº 27/019).
De acuerdo a lo establecido en el artículo 21° de la Ley N° 19.009 de 22 de noviembre de 2012, se garantiza el acceso de cualquier operador postal a la totalidad o parte de la red postal de otro...
En atención a lo dispuesto en la Resolución de URSEC N° 106/016 de fecha 4 de agosto de 2016, se dispuso requerir a los operadores de servicios postales en carácter de declaración jurada la...
De acuerdo a lo establecido por los artículos 43 y 44 de la Ley N° 19.009 de 22 de noviembre de 2012, las Personas Jurídicas Habilitadas están sujetas a obligaciones.
Los artículos 41 y 42 de la Ley N° 19.009 de 22 de noviembre de 2012 y la Resolución N° 10/013 de 31 de enero de 2013 establecen las obligaciones que deben cumplir los Operadores Postales privados...
El artículo 16 del Decreto N° 209/017 de 4 de agosto de 2017, establece los parámetros de calidad que deberán cumplir los Operadores Postales en materia de encomiendas nacionales.
La normativa que regula la actividad postal es la Ley Nº 19.009 de 22 de noviembre de 2012 y la Resolución de URSEC No. 10/013 de 31/01/2013.
El artículo 16 del Decreto N° 209/017 de 4 de agosto de 2017, establece los parámetros de calidad que deberán cumplir los Operadores Postales en materia de encomiendas nacionales.