10.4 Institucionalidad Fiscal
La institucionalidad fiscal abarca la regla fiscal y un conjunto de aspectos que fortalecen la transparencia y la rendición de cuentas de la política fiscal, caso de los consejos fiscales externos y una mayor frecuencia y transparencia en la rendición de cuentas.
La base legal que sustenta la institucionalidad fiscal se encuentra en los artículos 207 a 212 de la Ley Nº 19.889 (Ley de Urgente Consideración), del 9 de julio de 2020, en la Ley de Presupuesto Nacional 2020 - 2024 (Nº 19.924) y las sucesivas leyes de rendición de cuentas de los años 2020, 2021 y 2022 (Leyes Nº 19.996, Nº 20.075 y Nº 20.212, respectivamente). Adicionalmente, el Decreto Nº 315/021 del 9 de setiembre de 2021 reglamenta los artículos de la Ley Nº 19.889. Este marco normativo, así como todo el material asociado a la institucionalidad fiscal puede encontrarse en el sitio web del Ministerio de Economía y Finanzas.
En 2005, la administración entrante, había intentado incluir algo similar a lo que hoy sería el pilar 2 de la regla fiscal, al proponer al Parlamento un tope para el gasto de gobierno. No obstante, el artículo 32 de la Ley N° 17930 del Presupuesto Nacional 2005-2009, terminó haciendo una referencia genérica al concepto de gasto primario corriente, sin cuantificación específica.
Posteriormente, en 2006, la Ley N° 17.947, estableció un nuevo marco legal en materia de tope al incremento del endeudamiento neto del sector público consolidado presentando una cobertura institucional que abarcaba todos los organismos estatales, con la excepción de los gobiernos departamentales. Dicho tope podía ser ajustado caso de existir factores climáticos adversos, situaciones específicas tales como litigios o capitalización de bancos u otros factores extraordinarios imprevistos. Desde su aprobación en 2006 y hasta 2018, el tope anual se modificó en seis oportunidades respecto al que estaba vigente (ejercicios 2009, 2011, 2014, 2015, 2016 y 2017).
En estos años de implementación de la nueva institucionalidad fiscal, se han tenido en cuenta diversas sugerencias de los consejos externos, mientras que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) ha tomado la iniciativa al presentar numerosos informes y documentos significativos con el objetivo de mejorar la información puesta a disposición del público interesado. Siempre, con el sentido de gradualidad y prudencia a la hora de introducir innovaciones, en respeto a los tiempos de adaptación de los actores involucrados en esta reforma estructural a nivel fiscal.
La consolidación de la institucionalidad fiscal en Uruguay ha sido, y sigue siendo, un proceso constante que involucra la colaboración tanto de actores públicos como privados. A continuación, se destacan los principales progresos alcanzados desde la instauración de la actual institucionalidad fiscal, tanto por MEF como por el Consejo Fiscal Asesor y el Comité de Expertos. Asimismo, se presentan algunas reflexiones respecto a posibles innovaciones a la institucionalidad fiscal que podrían ser incorporadas en el futuro.