Guía: Inscripción de personas migrantes al sistema educativo uruguayo

1. Sistema educativo público uruguayo

La Ley de Educación 18.437 establece en su artículo 1º:

(De la educación como derecho humano fundamental).- Declárase de interés general la promoción del goce y el efectivo ejercicio del derecho a la educación, como un derecho humano fundamental. El Estado garantizará y promoverá una educación de calidad para todos sus habitantes, a lo largo de toda la vida, facilitando la continuidad educativa.

También dispone en su artículo 7º que Es obligatoria la educación inicial a partir de los cuatro años de edad, la educación primaria y la educación media, mientras que en el artículo 27º dispone que La educación media superior comprende los tres años posteriores a la culminación de la educación media básica y constituye el último tramo de la educación obligatoria.

Educación formal

La educación formal está organizada en diferentes niveles o modalidades; constituye de manera unificada el sistema educativo que promueve el Estado con el objetivo de garantizar el desarrollo de competencias para la vida. La culminación de sus diferentes niveles otorga el derecho a certificaciones, títulos o diplomas cuya validez legal será reconocida por el Estado en todo el territorio nacional. La educación formal, pública o privada obligatoria, es gestionada por la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP).

Educación no formal

La educación no formal comprende aquellas actividades, medios y ámbitos de educación que se desarrollan fuera de la educación formal. Se promoverá la articulación y complementariedad de la educación formal y no formal, con el propósito de que esta última contribuya a asegurar la calidad, la inclusión y la continuidad educativa de las personas. Compete al Ministerio de Educación y Cultura promover la profesionalización de los educadores del ámbito de la educación no formal.

¿Cuáles son los niveles de educación formal en Uruguay?

Niveles de educación formal en Uruguay (2023)

 

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