DIGEFE

Circular externa N° 07/020

Pautar medidas de seguridad en las instituciones de intermediación financiera con motivo de la emergencia sanitaria.

Debido a la situación sanitaria que atraviesa el país por la expansión del Coronavirus (COVID-19) y las medidas que se vienen implementando por parte de las diferentes oficinas públicas y privadas, centros de estudio, etc., en consonancia con el Decreto Presidencial y las recomendaciones del MSP, se exhorta a las instituciones antes mencionadas que previo al ingreso al local, las personas se retiren el barbijo por un momento a los efectos de que su rostro sea captado por el sistema de CCTV de entrada a las instalaciones. 

En virtud de lo señalado anteriormente, se deberá colocar cartelería informativa al ingreso del local que especifique el retiro momentáneo del barbijo para que quede registrado en el sistema de CCTV el rostro de quienes ingresen. 
A su vez, se reitera a los Señores Asesores de Seguridad que en el marco de lo establecido en el Art. 7 de la Ley 19.721 se deberá generar instrucción y seguimiento de los guardias a fin de minimizar los riesgos asociados al servicio. 
 

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