Circular externa N° 18/020
Poner en conocimiento a los Operadores de la Seguridad Privada sobre las disposiciones referente al período de vigencia de la habilitación de las empresas.
La vigencia de la habilitación de empresas de seguridad, cualquiera sea el rubro, es de 3 (tres) años a partir de la fecha que luce en la resolución.
La solicitud de renovación de la habilitación se deberá iniciar por el sistema Apia Trámites al vencimiento de la habilitación, contando con un plazo de 10 (diez) días hábiles siguientes para realizarlo.
En aquellos casos en que las empresas no renueven su habilitación dentro de los márgenes establecidos, el sistema informático automáticamente la pasará al estado "VENCIDA", por lo cual será necesario proceder a iniciar una nueva habilitación.
IMPORTANTE: El inicio del trámite por el sistema en línea no configura la habilitación para el funcionamiento de la empresa; debiéndose haber finalizado de forma exitosa el mismo para poder iniciar la actividad, lo cual será comunicado por el sistema.