Tramites con pedido de exoneración
De acuerdo a lo establecido por el Art. 53 del Dec. 372/023: “Las solicitudes de exoneración a que hubiere lugar de acuerdo con la normativa vigente, por razones de interés público o social deberán ser sometidas por la Dirección Nacional de Bomberos a consideración y resolución del Ministerio del Interior.”
En caso de ingresar un trámite con pedido de exoneración, la plataforma generará un formulario de “exoneración de tasas” el cual deberá estar firmado por el propietario del lugar o representante legal del mismo. En caso que el mencionado formulario no se genere automáticamente, se deberá descargar desde la página web y adjuntarlo al expediente con las firmas correspondientes.
Se adjunta al presente el formulario de “Exoneración de Tasas”.
No obstante ello, se recuerda a la población el correo electrónico para realizar consultas referentes a la gestión, siendo el mismo: bomberos-consultashabilitaciones@minterior.gub.uy